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Sanción de un millón de euros a RTVE por emitir publicidad no permitida

Sanción de un millón de euros a RTVE por emitir publicidad no permitida

La cadena pública solo puede difundir patrocinios de eventos deportivos y culturales, mientras que los anuncios por los que ha sido sancionada son comunicaciones comerciales

efe

Madrid

Miércoles, 20 de junio 2018, 11:36

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La Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto dos sanciones a la Corporación RTVE por un total de 1.070.765 euros por emitir publicidad no permitida.

Así, la CNMC informa en una nota de la resolución de dos procedimientos sancionadores contra la Corporación de Radio y Televisión Española (CRTVE) por la vulneración del artículo 43.2 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA).

Unos de los casos sanciona a la corporación con 341.280 euros por haber emitido campañas de anuncios de varios productos cuya difusión no está incluida en las excepciones publicitarias que permite la normativa de financiación de CRTVE.

Los anuncios emitidos no constituyen supuestos de patrocinios de eventos deportivos y culturales, ni patrocinios en la emisión de competiciones deportivas o emitidos en canales internacionales o patrocinio culturales, que son los que puede difundir RTVE, sino que presentan las características propias de comunicaciones comerciales o anuncios convencionales, ha señalado la CNMC.

Estas comunicaciones comerciales tuvieron lugar en los canales de televisión La 1, La2, 24H y Teledeporte, entre diciembre de 2017 y enero de 2018.

El otro expediente, con una sanción de 729.485 euros, es por haber emitido campañas publicitarias de patrocinios culturales que «podrían considerarse comunicaciones comerciales» cuya difusión tampoco estaría incluida en las excepciones publicitarias que permite la normativa de financiación de CRTVE.

Según la CNMC, los patrocinios culturales analizados no respetan las condiciones establecidas en la normativa audiovisual y, en consecuencia, son susceptibles de constituir comunicaciones comerciales o anuncios, cuya emisión está prohibida en RTVE.

Por ejemplo, ha señalado la CNMC, se introducen elementos visuales y mensajes accesorios o menciones sobre las virtudes o características de los productos o servicios promocionados, «que incitan directamente a su compra».

En este caso, los hechos analizados tuvieron lugar en los canales de televisión La 1, La2, Clan TV, 24H y Teledeporte, entre diciembre de 2017 y enero de 2018.

La CNMC recuerda que contra esta Resolución CRTVE se puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

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