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Empleadas de la Diputación de Cáceres en su jornada laboral. :: l. c.
Los empleados de la Diputación de Cáceres podrán trabajar desde casa

Los empleados de la Diputación de Cáceres podrán trabajar desde casa

La institución provincial acaba de publicar la resolución que regula los requisitos para acogerse al teletrabajo a partir del 1 de enero

Álvaro Rubio

Cáceres

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Lunes, 5 de noviembre 2018, 07:52

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Trabajar sin desplazarse a la oficina. Esa es la fórmula que la Diputación de Cáceres quiere implantar para algunos de sus empleados con el objetivo de favorecer la conciliación de la vida personal y familiar con la laboral. Así lo pone de manifiesto la institución en una resolución que publicó el pasado 31 de octubre en el Boletín Oficial de la Provincia. En ella regula la prestación de servicios en la modalidad no presencial y determina los requisitos que deben cumplir los trabajadores que se quieran acoger a ella.

Empezará a ponerse en marcha a partir del 1 de enero de 2019 y será de carácter voluntario. Podrán solicitarlo los que estén situación de servicio activo y hayan desempeñado el puesto de trabajo en los últimos dos años durante periodos que sumen al menos doce meses.

A la nueva modalidad podrán acogerse los que realicen estudios y análisis de proyectos, elaboren informes y lleven a cabo funciones de asesoría jurídica y económica, redacción, corrección y tratamiento de documentos, proyectos y normas. También lo que hagan la inspección, análisis, gestión, diseño y programación de sistemas de información y comunicaciones.

Será voluntario y los que se acojan a la modalidad tendrán que presentar una memoria cada año

No podrán presentar la solicitud los que ocupen puestos en oficinas de registro y atención e información al ciudadano. Tampoco podrán hacerlo los que desempeñen funciones que conlleven necesariamente la prestación de servicios presenciales como puestos de secretaría de despacho o similar.

Para que haya un mayor control, las distintas unidades administrativas indicarán a finales de cada año, en función de la plantilla de personal y los objetivos, el número y los puestos que son susceptibles de desarrollar teletrabajo.

Cuando haya varios empleados que deseen prestar el servicio y pertenezcan a la misma unidad de trabajo y por cuestiones de organización administrativa no fuera posible autorizar dicha modalidad a todos, tendrán prioridad las víctimas de violencia de género y aquellos que tengan a su cuidado directo algún menor de doce años o persona discapacitada física, psíquica o sensorial, así como un familiar que padezca enfermedad grave y conviva con el mismo. También tendrán más puntos aquellos que tengan que cuidar a un familiar de hasta segundo grado de consanguinidad, o más lejano si mediara convivencia, por tener dificultades de movilidad o padecer una enfermedad grave continuada.

La fórmula del teletrabajo será de doce meses para cada empleado. Cuando venza el plazo se podrá prorrogar otro año.

Se desarrollará en dos modalidades: en casa tres días a la semana en los que el trabajador tendrá que estar conectado a la plataforma digital de nueve a dos de la tarde o yendo a la oficina de lunes a viernes en ese horario y completar el tiempo restante fuera de ella.

Los que decidan desempeñar sus tareas desde casa deberán superar varios cursos de formación y, anualmente, tendrán que presentar una memoria con los objetivos y resultados conseguidos.

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