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Antigua oficia del Popular. HOY
Condenan al Popular a devolver 30.672 euros a clientes cacereños que compraron acciones

Condenan al Popular a devolver 30.672 euros a clientes cacereños que compraron acciones

Cuando hicieron la operación bancaria en 2016 les ocultaron el mal estado de la entidad, que luego fue adquirida por el Santander por un euro

Sergio Lorenzo

Cáceres

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Martes, 15 de enero 2019, 07:50

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En mayo de 2016 dos cacereños invirtieron 30.672 euros en comprar 19.708 acciones del Banco Popular Español. Pensaron que hacían un buen negocio por la información que les dio el propio banco, pero a los pocos meses se enteraron de que estaba lleno de deudas, que era inviable, pasando a ser comprado por el Santander por un euro.

Los dos accionistas demandaron al Banco Popular, al asegurar que esta entidad había falseado datos cuando les vendieron las acciones. El pasado 31 de julio el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Trujillo declaró nula la compra de acciones que habían hecho, indicando que el Popular debía devolverles los 30.672 euros invertidos.

La sentencia fue recurrida en la Audiencia Provincial de Cáceres, en la sección primera, que acaba de dictar sentencia. En ella confirma la resolución del Juzgado de Trujillo, y condena al Banco Popular a pagar también las costas.

La Audiencia es clara al justificar su decisión: «De haber sido informados de la verdadera situación financiera del Banco Popular, que venía padeciendo muchos años antes de la ampliación de capital de 2016, en modo alguno hubieran acudido a dicha ampliación de capital», indica en la sentencia.

Se explica que en el año 2016 el Banco Popular tuvo problemas de capitalización, que ya arrastraba de varios años antes, intentando resolver esos problemas mediante ampliación de capital que acordó en Junta General de 11 de abril de 2016, que fue ejecutada por el Consejo de Administración en mayo de 2016, por 2.505 millones de euros.

La oferta pública tuvo una gran demanda, empezando a cotizar las acciones en bolsa el 22 de junio de 2016. En febrero de 2017 el Banco puso en su página web su informe anual, reconociendo pérdidas de unos 3.500 millones de euros.

La novedosa sentencia de la Audiencia confirma una resolución del Juzgado número 1 de Trujillo

El 6 de junio de 2017 el Banco Central Europeo comunicó a la Junta Única de Resolución (JUR) la inviabilidad del Banco, al considerar que no podía hace frente al pago de sus deudas. JUR declaró ese mismo día la resolución de la entidad. Al día siguiente se amortizaron las acciones y se decretó su venta al Banco Santander por un euro.

La Audiencia señala que el 11 de octubre de 2018 la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) decidió incoar un expediente administrativo sancionador al Banco Popular por infracción muy grave, «por haber suministrado al organismo información financiera con datos inexactos o no veraces en sus cuentas anuales de 2016».

El tribunal recalca que los afectados no hubieran comprado acciones si el banco hubiera sido sincero

Recalca que en el folleto de emisión de las acciones vendidas en 2016, la información que aportaba no se ajustaba a la realidad financiera del Banco Popular, «antes, al contrario, ocultó la misma incorporando inexactitudes, proyectando una imagen del banco distanciada de la realidad financiera».

Indica la Audiencia que no sólo presentó un folleto con deficiencias, «sino que ocultó su grave situación económica que arrastraba desde la crisis inmobiliaria, y ello generó un error en el consentimiento prestado por los actores (los dos cacereños) al suscribir las acciones en las que invirtieron».

«Por un irrisorio euro»

La sentencia es muy clara en sus conclusiones: «Dicho de otra forma, los mecanismos utilizados por el Banco Popular para ocultar su grave situación económica, llevó a los actores a acudir a la suscripción de acciones, y formar parte de una sociedad solvente y con beneficios, cuando realmente, suscribieron acciones de una sociedad con importantes pérdidas, hasta el punto que fue resuelta y vendida por un irrisorio euro».

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