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sergio lorenzo
Miércoles, 13 de febrero 2019, 07:58
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La Audiencia Provincial ha condenado por un delito de violación a un interno del Centro Sociosanitario de Plasencia (Sepad), dependiente de la Junta de Extremadura, al que le ha impuesto una pena de prisión de ocho años. Le ha aplicado la eximente incompleta de alteración psíquica.
No obstante, la Audiencia señala que debe ser internado, «para el tratamiento médico en un centro adecuado al tipo de alteración psíquica del mismo por un tiempo no superior a ocho años».
Se le prohíbe acercarse a la víctima a una distancia inferior a cinco kilómetros, bien sea de su domicilio o cualquier otro lugar que frecuente durante diez años. En ese tiempo tampoco puede comunicar con ella, «por cualquier medio oral, escrito, telemático o informático».
Una vez cumpla la pena estará en libertad vigilada durante cinco años, teniendo que seguir un tratamiento ambulatorio psiquiátrico en un centro público especializado.
Por otra parte, deberá indemnizar a la víctima con 10.000 euros, más los intereses legales procedentes.
La agresión sexual ocurrió en el propio Centro Sociosanitario de Plasencia el 17 de septiembre de 2017. A las cinco de la tarde una interna entró en los baños de la primer planta, le siguió el agresor (otro interno), que le dijo que tenía que hablar con ella. Él entró en el cuarto de baño y luego cerró la puerta con pestillo. Le obligó a que le hiciera una felación después de someterla a tocamientos.
El tribunal señala que ella se sometió a complacer al agresor por el miedo que sentía hacia él, «pues le conocía de antes y sabía que había protagonizado otros altercados en el centro sanitario, y con agresiones a otros internos, siendo una persona de comportamiento agresivo y violento». Su trastorno estaba agravado por el consumo de drogas. La Audiencia indica que la víctima temía que le agarrara por el cuello con fuerza y le hiciera daño.
Tras la agresión ella no contó nada, intentando estar lo más alejada posible de su agresor, hasta que llegó la hora de la cena, en la que coincidieron los dos en el mismo lugar. Fue entonces cuando contó la agresión sexual a una auxiliar de enfermería, protagonizando un enfrentamiento con el ahora condenado.
Ella presentó un cuadro de gran angustia por lo sucedido y tenía tal temor al violador que solicitó el alta voluntaria del centro.
El agresor, según ha quedado acreditado en el juicio, sufre un trastorno límite de personalidad y un abuso perjudicial de sustancias psicoactivas. Las alteraciones psicopatológicas producidas por estos trastornos determinan que tenga una conducta impulsiva e irreflexiva, realizando un análisis erróneo de la realidad, no interviniendo debidamente los frenos que suponen una adecuada función de la voluntad. No obstante, la Audiencia indica que sabe perfectamente, «lo que está bien y lo que está mal, lo que es correcto e incorrecto, ante determinados estímulos y situaciones».
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