Condenado a cuatro años en Cáceres por abusar sexualmente de su prima menor de edad
Al admitir la Audiencia esta prueba, con la nueva normativa, se ha evitado que la víctima declare en comisaría, juzgados y en el juicio
Cuatro años de prisión y libertad vigilada durante cinco años. Esa es la pena que ha impuesto la Audiencia Provincial de Cáceres a un hombre ... de unos 30 años por haber abusado sexualmente de su prima cuando ella tenía seis años y él unos 24. También se le prohíbe comunicarse o estar a menos de 200 metros de ella a lo largo de 14 años, y se le aplica una «inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad, por un tiempo de siete años».
La menor iba con sus padres a la casa de sus tíos, y fue en una ocasión cuando su primo la llevó a su habitación y abuso sexualmente de ella sin producirse una violación. La niña no se lo contó a su madre hasta pasados cuatro años, cuando en mayo de 2020, durante el confinamiento impuesto a consecuencia de la pandemia de covid-19, observó situaciones extrañas en su hija. La niña pasó a ser tratada por un psicólogo especializado en abusos a menores, que confirmó que había sido víctima de abusos. Los padres contrataron al abogado de Cáceres Juan José Jiménez Bustamante, que puso en conocimiento de la fiscalía los supuestos abusos sexuales, contando con una prueba preconstituida para que la niña no tuviera que declarar varias veces y proteger así su intimidad. Para lograr la prueba preconstituida fue necesario grabar un vídeo con la declaración espontánea de la niña ante el psicólogo, y otro vídeo con las psicólogas del Instituto de Medicina Legal de Cáceres.
Bustamante recalca la importancia de la prueba preconstituida en estos procedimientos de violencia sexual contra menores de edad. «Por una parte –señala–, porque evitan que el menor tenga que sufrir el ambiente hostil, tanto de las comisarías de policía como de las salas de vistas de los juzgados y por otra, porque de esta manera el menor no tiene que comparecer para declarar el día del juicio, sino que su declaración se aporta mediante una grabación al tribunal».
En este caso en concreto, subraya el papel de la Fundación Márgenes y Vínculos de Cáceres, que dependiente de la Dirección General de Infancia y Familia, con un equipo de especialistas en menores víctimas de violencia sexual. «Trabajaron desde el primer momento con la menor, apoyándola psicológicamente tanto antes como durante y después del procedimiento», afirma.
El tribunal recalca que al denunciar lo sucedido, a los padres no les movió un interés económico, ya que desde el primer momento renunciaron a cualquier indemnización que les pudiera corresponder.
La sentencia puede ser recurrida ante el TSJ de Extremadura.
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