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Condenado en Cáceres por blanqueo de dinero procedente de estafas online

Condenado en Cáceres por blanqueo de dinero procedente de estafas online

El hombre aceptó un encargo desde Estados Unidos para actuar como intermediario y transfirió capitales procedentes de ataques financieros

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Martes, 26 de febrero 2019, 12:02

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El Juzgado de lo Penal número 2 de Cáceres ha condenado a seis meses de prisión a un hombre que cometió un delito de blanqueo de capitales por imprudencia grave. Mientras buscaba trabajo a través de internet contactó con una entidad radicada en Estados Unidos que le ofreció un empleo como intermediario financiero. Según detalla la resolución judicial, el único requisito que le pidieron fue abrir una cuenta bancaria a su nombre para recibir transferencias, siendo su cometido retirar inmediatamente el dinero y remitirlo a través de Western Union o Money Gram a las personas que se le fuera indicando mediante llamadas telefónicas. Por esta tarea recibía una retribución en 3.500 euros mensuales, más otros 100 euros al mes por gastos telefónicos o de transporte y una comisión del 3 por ciento del importe de la transferencia.

La resolución judicial indica que el acusado participó en estos hechos «sin preocuparse en absoluto de la legalidad y la procedencia de tales cantidades de dinero, guiado del propósito de obtener unos pingües recursos económicos de forma sencilla».

El condenado fue detectado a través de una operación realizada el 11 de diciembre de 2014, cuando recibió en su cuenta una transferencia de 2.985 euros, proveniente de la cuenta de una víctima que solía realizar operaciones a través de su banca online y que no había autorizado dicha transferencia.

La sentencia considera probado que la cantidad recibida en la cuenta bancaria del acusado procedía de estafas realizadas mediante manipulaciones informáticas como el'phishing', con virus troyanos o la técnica 'pharming'. Ataques a cuentas corrientes operadas a través de la banca online, ordenadas por personas desconocidas con el fin de conseguir su remisión a otras cuentas bancarias de personas con las que previamente contactaban para lograr la transferencia de parte de esas cantidades al extranjero.

Una vez recibida la transferencia el acusado remitió esa cantidad, con una deducción de 120 euros que retuvo como comisión, a una persona que se encontraba en la ciudad ucraniana de Kiev.

Además de los seis meses de prisión, al condenado se le impone una multa de 3.000 euros, con responsabilidad personal subsidiaria por impago de la multa de 15 días. En concepto de responsabilidad civil subsidiaria tendrá que abonar 2.985 euros. La sentencia es firme y contra ella no cabe recurso.

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