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Sergio Lorenzo
Martes, 10 de marzo 2015, 00:07
Fue a partir de las tres y media de la madrugada del 24 de junio de 2009 cuando se adueñó de las calles de Coria el toro Ricacho, un impresionante ejemplar de Victorino Martín, bien armado de pitones, colorado, bociblanco y con ojo de perdiz. Dos horas después, a las cinco y media de la mañana, en el atrio de la Catedral, el morlaco hirió de gravedad a un vecino natural de Coria, de 33 años, Sergio V. R. Éste recibió una cornada en el cuello y otra en el abdomen. Le trasladaron con urgencia al Hospital San Pedro de Alcántara, en donde estuvo ingresado varios días en la UCI.
Una vez que el joven salvó la vida, pidió al Ayuntamiento de Coria una indemnización por las lesiones que había sufrido y las secuelas que le han quedado. Echaba la culpa de su cogida al Ayuntamiento, al insistir en que el toro le había cogido por haber resbalado al pisar un vaso de plástico que estaba tirado en el suelo. Relató que cuando estaba librándose de ser cogido, resbaló y cayó inerme ante la misma cara del animal, que le cogió con inusitada violencia.
También señalaba que según el reglamento taurino para festejos de este tipo, el toro debía tener las astas manipuladas para no causar graves daños. El alcalde de Coria decidió, el 17 de junio del 2013, no hacer caso a la reclamación. El joven, entonces, acudió a los tribunales. Ha sido ahora cuando la Sala de lo Contencioso Administrativo ha emitido una sentencia indicando que el Ayuntamiento cauriense, y la compañía Patria Hispana, Seguros y Reaseguros no tienen que indemnizarle, confirmando la sentencia anterior del Juzgado de lo Contencioso número 1 de Cáceres.
Los dos tribunales señalan que Sergio V. R. decidió de forma voluntaria participar en los Sanjuanes, asumiendo el riesgo que eso supone. Ambos tribunales también sentencian que no se le puede responsabilizar al Ayuntamiento de la cogida por haber pisado un vaso de plástico. El Juzgado de lo Contencioso insiste en que pretender que durante todo el tiempo que dure el festejo estén las calles completamente limpias, excede el deber de seguridad exigible a la administración municipal.
¿Limpiar con el toro suelto?
La Sala de lo Contencioso comenta en la sentencia lo imposible de que los empleados municipales estén limpiando las calles, «cuando en ese momento se encuentra un toro suelto de gran peligro». También apunta a que es la actitud de una tercera persona, la que tira el vaso, la que origina en realidad el accidente. Solucionada la falta de responsabilidad por el resbalón al pisar un vaso tirado en el suelo, los tribunales analizan la demanda en cuanto a la obligación o no del Ayuntamiento de haber manipulado los cuernos.
Según la víctima de la cogida, Ricacho era un animal de cuatro años, y el Reglamento Taurino de 1996 dice que cuando el animal tiene más de dos años, las astas deben ser manipuladas o emboladas.
Los tribunales, sin embargo, recuerdan que también es cierto que el reglamento permite la lidia de reses macho de más de dos años de edad sin despuntar, «por acuerdo del Ayuntamiento pleno, sobre la base de la tradición popular y dando publicidad de este extremo para conocimiento de los participantes».
La Sala de lo Contencioso destaca que no se ha acreditado «que el perjudicado desconociese como tradicionalmente se corren los toros en esa localidad».
El herido es natural de Coria, y ha sido condenado por la Sala a pagar las costas judiciales originadas al presentar el recurso.
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