Secciones
Servicios
Destacamos
R. R.
BADAJOZ.
Sábado, 11 de noviembre 2017, 08:18
Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.
Compartir
La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha confirmado la sentencia de un juzgado que a su vez avala la resolución municipal por la cual se ordena a un vecino de Badajoz a pagar una sanción de 45.584 euros por desarrollar obras ilegales. Igualmente, deberá demoler esas actuaciones.
La sentencia no hace referencia a la ubicación de la actuación, pero sí establece que se levantó sobre suelo no urbanizable de especial protección planeada estructural, subtipo tierras de regadío. La parcela en cuestión es inferior a los 25.000 metros cuadrados y no se dan las condiciones recogidas en la Ley para construir, según la sentencia. Sin embargo, el propietario del terreno realizó «una clara ampliación de la edificación preexistente que consistió en levantar un nuevo edificio que se conectaba con el original mediante el derribo de una de las fachadas del inmueble y una remodelación completa de las instalaciones y el interior de la vivienda».
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Recomendaciones de HOY
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.