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FCC tiene que pagar 11.000 euros a dos empleados de Badajoz por no respetar su descanso

FCC tiene que pagar 11.000 euros a dos empleados de Badajoz por no respetar su descanso

CSIF espera más sentencias en el mismo sentido porque presentó 95 pleitos similares

Rocío Romero

Badajoz

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Miércoles, 6 de noviembre 2019, 07:56

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La adjudicataria de la limpieza de las calles y la recogida de basura, FCC, tendrá que pagar 11.000 euros a dos empleados por no respetar el descanso establecido a la hora de realizar los cuadrantes. Así lo ha determinado en dos sentencias distintas el Juzgado de lo Social Número 3 de la ciudad. CSIF, que es el sindicato que les ha representado, lleva otros 95 pleitos en los juzgados de la ciudad.

El abogado Miguel Ángel Bernabé indica que conocen otras dos sentencias en el mismo sentido que han llevado abogados privados externos al sindicato y apunta a que existen más casos que no dependen del sindicato. En CSIF esperan más sentencias en el mismo sentido, que obliguen a la empresa concesionaria a pagar a los empleados por descansos no disfrutados desde el inicio del contrato con el Ayuntamiento. Este se remonta al año 2010.

La sentencia a la que ha tenido acceso HOY tiene fecha del 25 de octubre pasado y obliga a la empresa a abonar 11.205 euros más los intereses de demora a un conductor de limpieza, A. B. P. , por no permitirle disfrutar de los descansos completos.

Los trabajadores de FCC tienen derecho a un día y medio de descanso a la semana, pero este se solapaban con los descansos diarios. De manera que los trabajadores no disfrutaban todas las horas que les correspondían.

A. B. P. demostró que había doblado 2.241 horas y el juez falla que se le deben pagar todas. Esto es, desde el inicio de su relación laboral y no desde la sentencia del TSJEx de 2018 que reconocía el derecho de los barrenderos y basureros a descansar un día y medio real y efectivo.

La compañía debe abonar los descansos no disfrutados desde el inicio de la relación laboral, en algunos casos desde 2010

FCC quería abonarles las horas no descansadas solo un año anterior al 1 de junio de 2018, que fue cuando empezó a respetar los descansos teniendo en cuenta esa sentencia del TSJEx que determinó que no estaba respetando el derecho de los trabajadores. Pero CSIF reclamó que se les debían desde el inicio de la relación laboral y así lo ha considerado también el juez que firma estas dos sentencias.

Si los empleados han presentado sus reclamaciones con posterioridad a esa sentencia de 2018, señala el juzgado, es porque en esta se les reconoce el derecho. Por tanto, habrán de pagarle desde que comenzó la relación laboral. En el caso de A. B. P. desde 2010.

Cómo calcularlo

Otro de los debates que zanja la sentencia es cómo realizar el cálculo de lo debido. El conductor de limpieza reclamaba el abono de 22.837 euros u 11.205 euros de forma subsidiaria. La diferencia entre una cifra y otra está en los pluses de domingos y festivos. El juez determina que debe tomarse como referencia la hora de trabajo ordinaria. «No se ofrecen razones por las que haya de aplicarse la cuantía del plus previsto en el convenio ni tiene un encaje legal preciso».

Los 11.205 euros proceden de multiplicar las 2.241 horas que no se le permitió descansar multiplicado por 5 euros de cada hora ordinaria trabajada. En la otra sentencia ganada y defendida por CSIF, el empleado debe recibir 10.900 euros.

El juez considera «acreditado el daño» porque «el empleado no disfrutó del descanso por una mala planificación de la empresa». Y se resarce del daño a través de la resolución.

Este conflicto entre los trabajadores y la empresa no es nuevo. De hecho, como se ha señalado antes, estas sentencias son un nuevo capítulo tras un fallo del TSJEx que reconoce que no se respetan los derechos de los trabajadores. En noviembre de 2017, los sindicatos denunciaron la situación. Los trabajadores, por su parte, han protagonizado protestas entre 2016 y 2019 reclamando mejoras de sus condiciones.

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