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El condenado negó los hechos durante la celebración del juicio. :: CASIMIRO MORENO
Diez años de prisión para el joven que golpeó a un taxista de Badajoz y lo dejó moribundo

Diez años de prisión para el joven que golpeó a un taxista de Badajoz y lo dejó moribundo

El tribunal sustenta la condena en el testimonio de la víctima y en las grabaciones de dos cámaras que situaron al delincuente en el lugar donde tomó el taxi

e.f.v.

Viernes, 19 de enero 2018, 08:42

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La Audiencia Provincial de Badajoz ha impuesto una condena de diez años de prisión a Sergio C. L. R., el joven que fue juzgado como supuesto responsable de las graves lesiones sufridas por un taxista de Badajoz al que dejó moribundo tras darle una brutal paliza.

En el fallo que ahora se ha conocido queda probado que el condenado, de 30 años de edad, subió el 28 de diciembre de 2015 a un taxi en la avenida Padre Tacoronte de Badajoz para desplazarse a la Urbanización Pozo Navarro, que se encuentra en el kilómetro 10,500 de la carretera Nacional 432 (Badajoz-Zafra).

Eran las 17 horas cuando ocupó el asiento trasero de ese taxi, conducido por un hombre de 67 años de edad que tenía una «complexión débil» si se compara con la «corpulencia» del acusado.

El viaje se realizó sin incidencias pero justo después de entrar en la urbanización, Sergio C. L. R. le pidió que accediera a un camino lateral. «Al preguntarle el taxista dónde iban, el procesado comenzó a propinarle por detrás, con una barra de hierro y de forma reiterada, infinidad de golpes en la cabeza».

El taxista, que ha sido representado en este caso por el abogado Luis Vilela, salió del coche como pudo, pero el delincuente continuó agrediéndolo con la barra de hierro y con un ladrillo, «siempre con golpes dirigidos a la cabeza». Finalmente, cuando se encontraba inconsciente, lo abandonó en un paraje absolutamente solitario.

El fallo concluye que «con esta forma de actuación violentísima», el delincuente se apoderó de 110 euros que se encontraban en el habitáculo trasero del coche.

A las 19 horas, el taxista fue localizado en la carretera, a unos 50 metros del lugar de la agresión. En ese momento, el delincuente ya se había marchado con el taxi, que fue recuperado en la calle Grecia de la barriada del Cerro de Reyes de Badajoz.

Convicción de la víctima

El tribunal afirma que a la hora de dictar sentencia ha tenido en cuenta «la convicción» que transmiten las manifestaciones realizadas por el taxista en todas las ocasiones en las que se le ha preguntado. «Sus declaraciones merecen plena credibilidad cuando se confrontan con la versión contradictoria, confusa y tendente a provocar confusión del procesado».

Los magistrados valoran que cuando estaba en el hospital ya reconoció fotográficamente al condenado. Con posterioridad, después de recibir el alta, volvió a identificarlo durante una rueda de reconocimiento en la que participaron otras personas «pese a que había cambiado de aspecto físico al afeitarse la barba y raparse el cabello».

En la sentencia se indica que aunque esa «declaración identificativa es la única prueba de cargo esencial en este caso», basta para apuntalar la incriminación.

También se han tenido en cuenta los testimonios ofrecidos por la empleada de una farmacia cercana al lugar en el que tomó el taxi, por el camarero de un bar en el que el condenado hizo varias llamadas, y por la directora de la oficina bancaria de Don Benito a la que telefoneó. «Todos ellos han coincidido en señalar la presencia del acusado en la avenida Padre Tacoronte en momentos inmediatos a los hechos», dice el fallo.

«Corrobora estos extremos el visionado de las grabaciones de las cámaras de seguridad existentes en la farmacia y en el Centro de Salud de El Progreso, en las que se observa cómo el procesado accede al interior de la botica y pide dinero a los dependientes y clientes para, posteriormente, hacer una llamada en una cabina telefónica e introducirse en el taxi», prosigue la sentencia.

Tras dar veracidad a estos elementos, el tribunal resta valor a las pruebas de descargo expuestas por la defensa del acusado. La principal se basa en la existencia de un billete de tren expedido con sus datos personales para realizar un viaje que salía de Badajoz a las 12.20 horas y llegaba a Mérida a las 13.06 del día en el que se cometió la agresión. Dos factores de Renfe, uno de los cuales es tío carnal del acusado, declararon en el juicio que lo vieron subir a un vagón de ese tren. El tribunal valora esta circunstancia, pero contrapone a ella las imágenes recogidas en las grabaciones y los testimonios de los testigos que afirmaron haberlo visto en Padre Tacoronte antes de que subiera al taxi.

Por este motivo, considera probados los hechos y lo condenan a seis años de prisión como autor de un delito de homicidio en grado de tentativa al que se aplica la agravante de abuso de superioridad y la atenuante simple de toxicomanía de larga evolución con base psicopatológica. También le imponen otros cuatro años de cárcel por un delito de robo con violencia con uso de medio peligroso en el que concurren la agravante de reincidencia y la atenuante simple de toxicomanía.

Finalmente, le imponen la obligación de pagar 15.198,36 euros para compensar el daño que causaron al taxista y restituirle el dinero sustraído.

La sentencia no es firme y el abogado de la defensa, Jenaro García, ya ha anunciado que recurrirá el fallo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.

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