Condenado el abogado que gestionó el seguro de impago que arruinó a un empresario
Irá seis meses a prisión si no indemniza con casi 12.000 euros al agricultor de Gévora que perdió su casa tras vender la cosecha de 2016 y no cobrarla
Seis meses de prisión y la obligación de indemnizar con casi 12.000 euros. Esa es la pena que ha impuesto la Audiencia Provincial de ... Badajoz a Fernando N.B., el abogado que fue acusado de estafa por vender a un empresario hortícola de Gévora una especie de póliza que le garantizaba el cobro de la cosecha en caso de impago, una garantía que no pudo ejecutarse y que le provocó tal ruina económica que incluso tuvo que desprenderse de la casa que poseía.
El juicio se celebró a comienzos de abril y concluyó con una sentencia de conformidad parcial por la que el representante legal y la administradora de la empresa catalana que dejó a deber la mercancía (Integral Mundox S.L.) se comprometieron a indemnizar al empresario estafado con 60.000 euros.
Pero quedaba pendiente saber el futuro judicial del abogado que ofreció al empresario de Gévora el producto financiero que debía avalar la compra, una «carta de crédito» expedida por el banco austríaco Winter de Viena que no pudo ser hecha efectiva cuando se produjo el impago.
En el juicio se indicó que el banco austríaco sí emitió esa carta de crédito, pero que no tuvo validez porque era necesario que la aceptara el banco elegido por el empresario de Gévora para cobrar el dinero si le dejaban a deber la operación.
Esa entidad española era Banco Santander y aunque en un primer momento el director de la oficina de San Roque le dijo a un amigo del empresario de Gévora que en esa sucursal se realizaban ese tipo de operaciones, más tarde le indicaron que no sería aceptada porque incluía cláusulas inusuales que harían imposible el cobro, tal y como exponía José Luis Díaz, el abogado de la acusación particular.
En condiciones normales, la venta de la producción no se habría realizado hasta que esa carta de crédito hubiese sido aceptada en la oficina de Badajoz.
Pero a la empresa de Gévora le urgía colocar el producto porque era perecedero y cuando supo que Banco Santander no lo había aceptado, ya había enviado a esa empresa con sede en Cataluña la producción.
Sin cosecha y sin dinero, el empresario hortícola denunció la estafa y ocho años después se celebró el juicio en el que ha sido condenado el abogado que gestionó la carta de crédito.
Este letrado aseguró en la vista que en su gestoría de Valdepasillas se limitó a «mover papeles» y que su responsabilidad acabó cuando el banco austriaco emitió el documento.
Sin embargo, el tribunal cree que su papel fue más allá de «gestionar papeles» porque en esos días remitió tres mensajes que anunciaban el éxito de esa operación. En el primero, fechado el 7 de octubre de 2016, indicaba que la carta de crédito «cubría la mercancía sin problema». En el segundo, remitido cuatro días después, le comunicaba que «la garantía se emitió ayer y el Swift se enviará hoy». Y existe un tercer mensaje en el que le dice «tú céntrate en la Swift que, por cierto, es impecable, y donde el Bank Winter se compromete claramente a garantizar ante ti como beneficiario y donde el Banco Santander es mero avisador».
Concluye la sentencia que esos mensajes convencieron al empresario de que contaba con esa garantía de impago y le indujeron a suscribir el producto, razón por la que lo condena por estafa a seis meses de prisión y a indemnizarlo con los 11.469,26 euros que la empresa de Gévora pagó por la emisión de esa especie de seguro. En todo caso, la Audiencia rechaza que este abogado deba hacerse cargo también del importe de la cosecha porque «en el impago de la cosecha vendida nada tuvo que ver».
El tribunal explica que la estafa cometida por el abogado es independiente de la venta y posterior impago de la cosecha, de la que hace responsable a José Antonio M.M. como representante legal de Integral Mundox S.L. y a Angeles V.G. como administradora de esa firma.
El primero es condenado por estafa a seis meses de prisión y a indemnizar a la empresa de Gévora con 46.666 euros a razón de 3.000 euros mensuales. En cuanto a la administradora, no la condena a prisión pero sí la hace responsable a título lucrativo de otros 33.333 euros que debe pagar en mensualidades de 300 euros.
La sentencia le advierte al abogado que aunque la pena de prisión se limita a seis meses de cárcel y no tiene antecedentes, no podrá eludir el ingreso en prisión si no paga la indemnización. Y lo mismo advierte al administrador de Integral Mundox, que a partir del próximo mes tendrá que abonar 3.000 euros mensuales.
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