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Fotorrojo instalado en la avenida Antonio Masa. HOY
El Ayuntamiento de Badajoz avala la legalidad de sus fotorrojos

El Ayuntamiento de Badajoz avala la legalidad de sus fotorrojos

Defiende que no le afecta la sentencia del Supremo que anula las multas porque el sistema graba la secuencia completa

Rocío Romero

Badajoz

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Miércoles, 10 de enero 2018, 07:55

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Están fijos, pero a los conductores se les olvidan que existen. Por eso los fotorrojos siguen multando en la ciudad, y los pacenses siguen pagando. En todo el año pasado pusieron 700 sanciones, de las que un diez por ciento fueron reclamadas. Las que llegaron al juzgado, explica la primera teniente de alcalde, no encontraron el apoyo de un juez y, por tanto, los conductores tuvieron que pagar.

La semana pasada se conoció una nueva sentencia del Supremo referida a una multa de Catarroja (Valencia). La Sala Tercera del Tribunal Supremo confirmó la anulación de una sanción de tráfico por infracción grave, consistente en saltarse un semáforo en rojo en un paso de peatones, puesta en función de la imagen captada por un fotorrojo. Así que el conductor no tendrá que pagar los 200 euros que se le reclamaban ni perderá cuatro puntos de su carné. El tribunal anula la sanción al entender que el dispositivo realizaba medición lumínica, pero «no está sujeto a control metrológico».

A raíz de esta decisión, la agrupación de Automovilistas Europeos Asociados aseguró que el fallo «reitera lo que ya se dijo en noviembre de 2015 sobre las infracciones de semáforo captadas por el sistema ‘fotorrojo’, en contestación a otro recurso planteado por el Ayuntamiento de San Sebastián que, además, fue el motivo por el que el consistorio donostiarra dejó de utilizar este sistema de captación de imágenes de dudosa legalidad».

La asociación indica que ya hace casi una década que denunciaron por primera vez «la inseguridad jurídica y falta de garantías de este sistema de captación de imágenes», una situación que, según apuntan, «corroboran distintos juzgados y tribunales de España que han anulando sanciones impuestas por distintos consistorios en este sentido».

Así que la sentencia de Catarroja ha reabierto un debate que surge cada cierto tiempo, sobre si los fotorrojos sirven o no para multar. Y cómo afecta esto a los ayuntamientos que usan estos dispositivos y a los ciudadanos que han pagado las sanciones.

Desde el Ayuntamiento de Badajoz aseguran que esta sentencia no les afecta. Los servicios jurídicos municipales estudian la decisión del Supremo sobre Catarroja, pero en una primera lectura la primera teniente de alcalde, María José Solana, asegura que el método empleado por el Ayuntamiento es distinto. En la ciudad, los fotorrojos no realizan fotos, sino que graban vídeos. El ciudadano recibe con la multa un fotograma, después de que un policía haya supervisado la grabación y comprobado si el conductor se salta o no el semáforo en rojo.

Recursos

María José Solana asegura que unos 70 conductores han presentado recursos a sus multas siguiendo la decisión del Supremo, dado que hace tres años hubo otra en el mismo sentido referida a San Sebastián, pero que ninguna ha prosperado. El motivo, asegura, es que los fotorrojos de Badajoz graban la secuencia completa del conductor saltándose el semáforo. «El Contencioso nunca las estima», añade.

Los primeros dispositivos se instalaron en la ciudad en 2012. Una vez cerrados los datos de los años 2014 y 2015, se supo que los fotorrojos ponían cerca de 2.000 multas cada año.

Miguel Ángel Cristo es abogado en la ciudad y ha defendido a varios conductores que decidieron luchar en los juzgados multas de los fotorrojos. Explica que en realidad no existe una doctrina firme del Supremo que establezca que estos dispositivos son ilegales, sino que existen numerosas sentencias de primera instancia que dan la razón a los conductores. Los ayuntamientos recurren porque existen lagunas con los fotorrojos, a pesar de ser un asunto de interés general. Y llegan al Supremo intentando que este establezca la legalidad de las imágenes captadas por dispositivos sin control metrológico para multar.

Sin embargo, hasta ahora, el TS no ha sentado doctrina y desestima los recursos. «Simplemente desestima el recurso y no entra sobre el fondo del asunto porque no fue materia de debate en la primera instancia, así que no los declara ilegales», indica el abogado.

El asunto está en si el aparato mide o no mide, que es la característica que lo podría someter a control metrológico según la ley que regula estos aparatos. «Desde mi punto de vista, al igual que las sentencias que existen, y tal como confirmó el Ayuntamiento de Badajoz, el mismo sí mide tiempo para ponerse en funcionamiento, además de contar con una serie de sensores de luminiscencia y un software que está constantemente midiendo parámetros para su funcionamiento».

Miguel Ángel Cristo señala, sin embargo, que existe otra cuestión clave a efecto de la prescripción de los expedientes sancionados como es la fijación de la fecha de la denuncia. «Entre otras cosas porque además de medir, nadie avala su correcto funcionamiento, ni la cadena de custodia de la prueba, etc... Pero, de momento, por lo que yo sé, los juzgados de la ciudad respaldan las sanciones impuestas», apunta Miguel Ángel Cristo.

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