Borrar
¿Qué ha pasado hoy, 28 de marzo, en Extremadura?
El juzgado absuelve de todos los cargos a los acusados. :: hoy
La anciana de Talavera tenía plenas facultades cuando dejó sus bienes a un sobrino

La anciana de Talavera tenía plenas facultades cuando dejó sus bienes a un sobrino

La Audiencia absuelve a los beneficiarios porque el deseo de su tía era dejarle los bienes en vida para evitar un pago excesivo de impuestos

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Viernes, 5 de octubre 2018, 08:17

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

La Audiencia Provincial de Badajoz ha declarado legal el traspaso de varias propiedades a M. T. O., un vecino de Huelva que en el año 2013 puso a su nombre y al de su esposa, M. M. M. G., dos viviendas y varias fincas de su tía utilizando para ello el poder que le había concedido tres años antes para gestionar su patrimonio.

Esas operaciones fueron denunciadas en el juzgado por varios familiares de la anciana al entender que se habían hecho contra su voluntad, una acusación que el tribunal rechaza de plano al considerar que todas esas ventas las hizo en vida para evitar a su sobrino el pago de unos impuestos que, en caso de fallecimiento de la anciana, habrían sido mucho más elevados.

La sentencia considera probado que la tía del encausado le otorgó un poder a este sobrino el 14 de abril de 2010. En ese momento, certifica el tribunal, se encontraba en plenas facultades.

Tres años después, el sobrino utilizó ese poder para poner a su nombre y al de su esposa una casa en Talavera la Real, un piso en Badajoz y varias propiedades agrícolas. En esas escrituras de compraventa la pareja se hacía con la nuda propiedad de los bienes, mientras que su tía se reservaba los usufructos que pudieran generar. El tribunal confirma que su sobrino firmó esas escrituras después de que su tía le comunicara la intención de dejarle en herencia determinados bienes -no eran la totalidad de su patrimonio- utilizando una fórmula jurídica que le permitiera pagar «la menor cantidad posible de dinero en impuestos».

Dos años después de hacerse efectivo el traspaso de las propiedades, el resto de la familia se enteró de que los bienes habían sido puestos a nombre de ese sobrino y de su esposa, por lo que la «persuadieron» para que revocara el poder que había firmado en 2010.

El fallo que ahora se ha conocido considera probado que esa revocación se hizo cuando la mujer, que en la actualidad tiene 79 años, ya había sufrido un agravamiento de la enfermedad mental que sufría.

Para llegar a esa conclusión, los magistrados han tenido en cuenta lo expresado en el juicio por Mariano Casado, uno de los dos forenses que intervinieron en la vista.

Este especialista se ratificó en el informe que realizó en el año 2013 cuando una hermana de la anciana, tras saber que los bienes habían sido puestos a nombre de ese sobrino, se dirigió al juzgado para solicitar que fuera declarada incapaz. Aquella petición fue rechazada después de que este forense concluyera que a pesar de que la anciana presentaba una «ligera alteración neurológica» que le provocaba amnesia (olvidos) a corto plazo, el estado mental que presentaba en aquel momento no limitaba su capacidad para razonar y tomar decisiones en su vida diaria, incluidas aquellas que pudieran afectar a su patrimonio.

Casado confirmó ante el tribunal que la mujer a la que él examinó en 2013 estaba perfectamente capacitada para saber a cuál de sus sobrinos quería dejar sus bienes.

«Desgraciadamente, la naturaleza de esta progresiva enfermedad nos impide determinar el momento exacto en el que pierde plenamente la capacidad de entender y la total memoria, y lamentablemente nos priva en términos absolutos de su testimonio», prosigue el fallo, donde se indica que la presencia en el juicio de la interesada no resultó útil para conocer su auténtica voluntad porque «bastaron escasos segundos para que el tribunal percibiera un actual estado absoluto de pérdida».

«No resultaría descabellado concluir, o al menos albergar muy serias dudas, habida cuenta del progresivo deterioro en la capacidad mental, que ésta se hubiera producido ya con definitiva intensidad cuando en nombre de esta mujer se interpuso la querella contra el acusado», indica el fallo.

Por este motivo, los tres magistrados que enjuiciaron este caso han tenido muy en cuenta el testimonio de una «amiga íntima» de la afectada. Esa testigo tiene ahora 81 años y en el juicio manifestó que fue en 2016, hace «más o menos dos años», cuando su amiga perdió la cabeza por completo.

Según dijo, le había contado en múltiples ocasiones que había criado a tres hijos de sus hermanos, si bien la relación con los otros dos sobrinos se torció a raíz de un incidente violento en el que un cuñado suyo incluso llegó a echarle las manos al cuello. También le relató que a partir de ese momento rompió relaciones con ellos y dejaron de visitarla. Desde entonces, el otro sobrino era el único que la ayudaba y se encargaba de las tierras, de los bancos y del resto de sus asuntos.

Testimonio

Esta testigo también indicó de forma convincente que su amiga le había expresado el deseo de dejarle a ese sobrino la casa de Talavera, varias tierras y piso de Badajoz, y que quería hacerlo de tal forma que su sobrino no tuviera que pagar «tantos impuestos».

Por esa razón, cuando todavía tenía «la cabeza muy buena» y siendo plenamente consciente, en abril de 2015 la acompañó cuando fue a la notaría para dejarle los bienes a ese sobrino.

Las manifestaciones de esta amiga, unidas al informe del forense, sustentan por tanto una sentencia en la que se absuelve de los delitos de estafa y apropiación indebida al sobrino que puso las propiedades a su nombre y también a su esposa, para la que la Fiscalía y la acusación particular proponían la pena de ocho años de prisión.

La sentencia los absuelve de todo cargo y deja sin efecto todas las medidas que fueron tomadas durante el proceso. En cuanto a las costas, se declaran de oficio tras considerar el tribunal que en los querellantes no existió temeridad ni mala fe cuando llevaron el caso al juzgado.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios