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¿Qué ha pasado hoy, 28 de marzo, en Extremadura?
La ampliación del plazo es automáticapara las autorizaciones ya concedidas,no serán necesarios nuevos trámites. HOY
Rebaños contra el riesgo alto de incendio

Rebaños contra el riesgo alto de incendio

Un mes más de plazo. Agricultura permite, hasta el 30 de junio, el pastoreo controlado de ganado ovino como medida de prevención del fuego

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Viernes, 5 de junio 2020, 18:00

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Extremadura ya está en riesgo alto de incendio forestal. El pasado lunes, 1 de junio, se activó la nueva fase, que se prolongará hasta el 15 de octubre. Aunque la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio tiene la potestad, durante este periodo, de elevar la categoría a riesgo extremo si se dan las condiciones meteorológicas que así lo aconsejen.

Por el momento, una de las decisiones que sí ha tomado la Consejería es la de ampliar el plazo para realizar el pastoreo controlado de ganado ovino. Esta es una medida de prevención de incendios forestales que se realiza en superficies acogidas a las ayudas a la forestación en tierras agrícolas. De esta forma, se podrá mantener esta actividad hasta la finalización del mes de junio, cuando lo habitual es que se permita en dos periodos al año: entre el 1 de abril y el 31 de mayo y del 1 de noviembre al 31 de diciembre.

Con ello, se pretende seguir trabajando en las medidas de prevención de incendios forestales en la época del año en la que más riesgo existe de que se produzcan. «Se debe tener en cuenta que el importante estrato herbáceo supone un incremento del riesgo de incendio, especialmente en terrenos forestados de origen agrícola, por lo que es preciso eliminar la vegetación que pudiera actuar como combustible y en competencia con la propia forestación», se puede leer sobre la necesidad de la ampliación del plazo en la resolución publicada en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) el pasado 26 de mayo.

Hasta el 15 de octubre la quema de rastrojos en zonas reglables necesitará permiso administrativo

Por supuesto, la realización del pastoreo solo podrá hacerse si el terreno tiene pasto suficiente y siempre y cuando se garantice que la plantación por la que se recibe la ayuda no va a sufrir ningún tipo de daño.

La ampliación del plazo supone un beneficio para la lucha contra los incendios forestales, pero también es una forma de que el ganado ovino pueda aprovechar los pastos. Así, los propietarios de los rebaños que pasten en estos espacios no tendrán que recurrir al pienso, lo que conlleva un ahorro para sus explotaciones en un año que está siendo complicado para todos los sectores.

La caída del consumo provocada por el estado de alarma ha afectado a los ganaderos extremeños. Los propietarios de ganado ovino no han sido una excepción. Las ventas de corderos, tanto de los lechales como de los recentales, ha disminuido a causa de la pandemia, por lo que los ganaderos no han enviado a sus animales al matadero y los han tenido que seguir alimentando.

Los propietarios de los terrenos forestados en los que se quiera seguir pastoreando no tendrán que realizar ningún trámite burocrático. Simplemente, las autorizaciones concedidas mantendrán su vigencia hasta el 30 de junio.

Prohibiciones y permisos

La orden por la que la Consejería de Agricultura establece la época de peligro alto de incendios forestales también sirve para regular el uso del fuego en el campo durante la duración de la misma, así como cualquier otra actividad que pueda ser causa de un incendio.

En el mismo texto, igualmente se advierte que la catalogación de peligro alto se podrá prorrogar en función de las condiciones meteorológicas que se den a partir del 15 de octubre. Si eso se produce, las actuaciones en el campo seguirían restringidas mientras se extiendan las prórrogas.

La finalidad no es otra que reducir lo máximo posible el riesgo de que se origine un incendio forestal debido a la intervención humana, que es la que está detrás de la inmensa mayoría de los fuegos que se producen en el medio natural.

Por ello, entre el 1 de junio y el 15 de octubre, como mínimo, es necesario solicitar la autorización de la Consejería de Agricultura para las carboneras y para las quemas de rastrojos en zonas regables.

No será necesaria la autorización y bastará con una comunicación previa a la administración para la quema de restos de cosecha si ésta se va a realizar con una separación mínima de 25 metros de cualquier otra vegetación susceptible de arder. La comunicación se hará de manera telefónica a la central de incendios provincial (Badajoz 629 260 838 y fax 924 011 160; Cáceres 619 149 475 y fax 927 005 801) aportando los datos, contacto y la localización catastral. La quema se efectuará antes del mediodía y es obligatorio disponer de medios de extinción.

Por otro lado, será necesario hacer una declaración responsable –que se presentará con una antelación mínima de 15 días al inicio previsto para la actividad si se tramita por registro oficial o fax y de cinco días en caso de que se haga telemáticamente (infoex.info/tramites-en-linea o extremambiente.juntaex.es)– para las actividades que pueden causar fuego.

Entre estas se incluyen el corte de metal y las soldaduras; los trabajos con motosierra y desbrozadora manual de cuchilla metálica; la instalación en el campo de grupos electrógenos, bombas u otros motores fijos o portátiles; el uso de máquinas percutoras, ahoyadoras, cazos, desbrozadoras de cadenas, martillos y cuchillas; la utilización de tractores con cuchillas, traíllas o pala, de astilladoras y autocargadores en tránsito, de procesadoras para extracción de madera, de cosechadoras, segadoras, empacadoras y tractores agrícolas de ruedas con grada de discos.

Una forma de evitar que se produzcan incendios es que la maquinaria y herramientas estén en buen estado, así como contar con extintores y trabajar a una velocidad reducida y en zonas sin rocas para que no salten chispas.

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