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El DOE publica las ayudas para la reestructuración de la cooperativas agroalimentarias extremeñas

El DOE publica las ayudas para la reestructuración de la cooperativas agroalimentarias extremeñas

El máximo de dinero que se puede solicitar alcanza los 100.000 euros

E.P.

Miércoles, 31 de julio 2019, 11:44

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La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio ha publicado en el Diario Oficial de Extremadura (DOE), la orden por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas a apoyar los procesos de reestructuración del sector cooperativo agroalimentario.

En concreto, se contemplan dos líneas de ayudas, una para financiar los gastos de puesta en marcha y gestión de las entidades, con un máximo de la subvención de 100.000 euros, y otra para financiar los gastos correspondientes a la suscripción y desembolso de acciones, participaciones o aportaciones dinerarias al capital social y cuotas de ingreso, de hasta 50.000 euros.

Podrán ser beneficiarias las entidades que, teniendo por objeto actividades agrícolas, ganaderas, forestales, de acuicultura o mixtas, resulten de los procesos de reestructuración de fusión de sociedades cooperativas agroalimentarias o de otras sociedades de capital o civiles, constitución de una sociedad cooperativa de segundo o ulterior grado o de una sociedad cooperativa especial de cooperación y colaboración empresarial con fines de gestión comercial.

También para la constitución de una sociedad cooperativa agroalimentaria, de una sociedad agraria de transformación o de una sociedad de capital, en la que más del 50 por ciento del capital social y/o de los derechos políticos y sociales pertenezca a sociedades cooperativas agroalimentarias y/o sociedades agrarias de transformación y sociedades cooperativas agroalimentarias inscritas en el Registro correspondiente de Sociedades Cooperativas que incorporen como socias a otras sociedades cooperativas agroalimentarias o sociedades agrarias de transformación.

El importe de la subvención por los gastos de puesta en marcha y gestión será el correspondiente al importe solicitado, pudiendo subvencionarse hasta el cien por cien de estos gastos, sin sobrepasar la cantidad de 100.000 euros por entidad solicitante, y sin superar el 5 % del volumen de negocio potencial medio estimado de los cinco primeros años de la entidad solicitante, informa la Junta en una nota de prensa.

Esta orden entrará en vigor este jueves, 1 de agosto, y el importe de la subvención por los gastos a la suscripción y desembolso de las acciones será el correspondiente al solicitado, teniendo como límite el 50 por ciento, con un máximo de 50.000 euros por entidad beneficiaria.

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