Borrar
OPINIÓN

El Personero del Común

FELIPE GUTIÉRREZ LLERENA

Domingo, 2 de agosto 2009, 02:12

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

ME ha llamado la atención que los legisladores extremeños hayan propuesto la creación del Personero del Común como alternativa en Extremadura al Defensor del Pueblo, institución creada en la Constitución española de 1978. No me parece mal la propuesta -podía haber sido otra y también me hubiera parecido bien-, pero echo en falta cierta pedagogía por parte de los padres de la región y de los custodios del conocimiento y su reparto.

Cuando el panorama nacional y autonómico se viste de defensores del 'soldado', 'del menor', 'del universitario', 'del paciente', etc., como si nunca el ciudadano hubiese estado tan necesitado de protección, en este caso, frente a la Administración y sus ramas, y cuando en otras comunidades ya existen el 'Síndic de Greuges', en la Comunidad Valenciana y Cataluña, el 'Justicia de Aragón', que de permanente del Rey pasó a ser intérprete de los fueros y juez de contrafuero, la originalidad y la marca Extremadura no podía quedarse atrás. Además de los citados, otras comunidades autónomas tienen el 'Defensor del pueblo andaluz', en Andalucía; el 'Procurador General', en Asturias; el 'Diputado del Común', en Canarias; el 'Procurador del Común', en Castilla y León; el 'Defensor del Pueblo de Navarra', en Navarra, por lo que en Extremadura no podíamos ser menos. Ni unos ni otros han sido originales, aunque algunos lo tuvieron más fácil: tan sólo echar mano del pasado para recuperar un nombre más o menos propio, aunque más que recurso a la institución fue a los nombres, porque ninguna tenía las competencias que recoge la Constitución española (Art. 54), que tiene su precedente más directo en el Ombudsman sueco.

Orígenes en la Edad Media

Los orígenes del la figura del 'Personero del Común' los encontramos en la Edad Media en el Sahib al-mazalim o 'Señor de las Injusticias', que juzgaba en el Al-Andalus las denuncias de los particulares por los abusos cometidos por los cargos públicos (García de Valdeavellano) y cuando a los consejos municipales se agregaron los 'personeros' elegidos entre los 'hombre buenos pecheros' (los que pagaban impuestos) pasando a ser la voz de la comunidad, como representantes y defensores del bien público, por lo que es, sobre todo, un testigo de cargo frente a los justicias (alcaldes) y regidores de los pueblos, No se trató específicamente de una institución extremeña, pero sí existió en nuestros pueblos y ciudades.

Ya más cerca a nosotros, en el siglo XVIII, entre las consecuencias que se derivaron del Motín de Esquilache (23-26 de marzo de 1766), que respondió más que a intereses políticos de grupo, que los hubo, a la crisis de subsistencia que estaba padeciendo la población por las malas cosechas, las subidas del pan y de los abastos, motín, por tanto «en pro de la 'baratura' de los víveres», con «interpretación a lo político» de sus carestía, «como es natural» (Pierre Vilar), y que como consecuencia de la acción popular de aquellos días en la Villa y Corte (Madrid) se bajó el precio del pan en cuatro cuartos, que estaba a 12 cuartos el de dos libras; está también la publicación por Campomanes (26 de junio de 1766) de la Instrucción que se debía observar en la elección de diputados, y personeros del común, representantes electos de la población ante las municipalidades. Aunque su función principal era la de defender la libertad de comercio frente al intervencionismo tradicional, y se preocuparon sobre todo de los propietarios.

Bajar el precio del pan

En Badajoz, el motín de Esquilache tuvo su correspondencia, aunque no se cortaron capas, ni se levantaron las alas de los sombreros, pero sí había subido el pan y ante la protesta popular llevada a cabo durante la despedida del capitán general, los miembros del Ayuntamiento también tomaron la decisión de bajar el precio del pan, aunque tuvieron que pasar a justificar su decisión de la manera siguiente: «siendo cierto que por darle gusto (a la ciudad) se redujo el precio del pan, de diez cuartos que tenía al de ocho que acordó venderse, lo que se ejecutó en el día quince del postrero abril,. se tuvo consideración de que el pan era el preciso alimento de todos, y más del que es más pobre, porque tiene la precisión de comprarlo diariamente», y continuaban diciendo que la baja que se hizo «no fue por el más leve temor ni desconfianza que se tuviese del pueblo, porque no lo hubo, ni ha habido motivo para ello, sino únicamente por corresponder aquel precio al que entonces corría el trigo y a cuyo precio por instantes se va restableciendo».

Los regidores de la Badajoz hacían frente a la Real Orden del día 5 de mayo que prohibía las alteraciones en los precios de los productos y por tanto debían volver a la situación anterior «en donde por miedo y violencia hubiesen hecho los Justicias y Magistrados alguna rebaja a los comestibles, cuyas circunstancias no se verifican en esta ciudad». (Archivo Municipal de Badajoz. Acuerdos Capitulares de 1766).

Novedad

Lo del Personero del Común, a pesar de los antecedentes históricos en la actualidad es novedoso para la inmensa mayoría de los extremeños, y aventuro que también para algunos de los que han apoyado con su voto su creación en la reforma del Estatuto de Autonomía de Extremadura, pero puede que tenga éxito. Todo dependerá de las competencias y de las personas elegidas para hacer el camino, sobre todo en sus comienzos, y que éstas sean capaces de 'dar la cara' -personarse- por los ciudadanos extremeños ante y frente a las Administraciones.

Después de todo, siempre nos quedarán dudas acerca del Antiguo Régimen, criticado desde los tiempos de la Revolución Francesa (1789) y siempre volviendo a él, aunque sea para buscar nombres.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios