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M.M.
Jueves, 28 de mayo 2009, 02:14
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La Audiencia de Badajoz ha absuelto a un hombre que había sido condenado previamente por maltratar a su esposa. La condena, dictada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Badajoz, le imponía una pena de diez meses de cárcel, la prohibición de tener armas durante tres años y la prohibición de acercarse o comunicarse con su esposa durante otros tres años.
Sin embargo, ni el acusado ni su mujer se conformaron con este fallo del juzgado y lo recurrieron a la Audiencia Provincial, que ahora lo ha absuelto.
Caída por una escalera
Para dictar esta resolución el tribunal ha tenido en cuenta la declaración que la propia mujer hizo en el juicio.
Reconoció que ella lo había denunciado por maltrato, pero aseguró que su esposo no le había pegado. La mujer explicó que ha recaído en una depresión que sufre desde hace años y debido a ese estado depresivo lo denunció. Las lesiones que padecía eran como consecuencia de una caída por las escaleras.
Duda sobre los hechos
La Audiencia considera que debe tenerse en cuenta este testimonio de la mujer y estima que ante la ausencia de otras pruebas de mínima solidez que incriminen al hombre, aparte del informe de las lesiones, debe aplicarse el principio de «in dubio pro reo». Es decir, si existe alguna duda de que el acusado es culpable debe ser absuelto de los cargos que se le imputan.
La mujer también había recurrido en contra de la sentencia que condenaba a su esposo. Este fallo de la Audiencia es firme.
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