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El Supremo absuelve a una mujer condenada en Cáceres

CÁCERES

El Supremo absuelve a una mujer condenada en Cáceres

08.02.12 - 00:26 -
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Cuando existe una duda sobre si un imputado ha cometido el delito del que se le acusa, se debe de actuar en beneficio del reo. Eso es lo que significa la locución latina 'in dubio pro reo', que según la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo se debe aplicar en un caso juzgado en la Audiencia Provincial de Cáceres.
El 23 de diciembre de 2010 fue condenada en Cáceres una vecina de Valencia de Alcántara de 52 años, acusada de haber cometido un delito continuado de falsedad y otro delito de estafa en grado de tentativa. La sentencia le obligaba a cumplir 2 años, 5 meses y 15 días de prisión y pagar una multa de 3.300 euros. Según esta sentencia había engañado a una amiga a la que le estaba construyendo una piscina climatizada, llegando a manipular tres cheques en blanco, firmados por la amiga, para intentar cobrar 105.000 euros.
La condenada recurrió la sentencia al Tribunal Supremo y ahora este órgano judicial ha indicado que debe ser absuelta, ya que no está probado que ella fue la que rellenó los cheques cuyo cobro reclamó judicialmente. Tampoco considera probado que la acusada se propusiera obtener un enriquecimiento de cuya ilicitud fuera consciente.
El Tribunal Supremo la absuelve, declarando de oficio las costas causadas por este recurso.
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