Se salvó de la piqueta hace justamente un año, pero ahora el derribo de las casas vuelve al tejado de la justicia. Otra vez los vecinos del Residencial Universidad pendientes de lo que digan los tribunales. Esta urbanización de 500 viviendas vuelve al escenario judicial. El Tribunal Supremo ha dictado un auto por el que admite a trámite el recurso que presentó la asociación de propietarios de la Montaña en contra de la resolución del TSJ, que en enero del pasado año, consideró que no había lugar a derribar las casas porque el polémico residencial quedaba perfectamente legalizado dentro del nuevo Plan de Urbanismo de la ciudad aprobado en 2010, es decir que la nueva norma urbanística de la ciudad significaba, por sí misma, la ejecución de la sentencia sin necesidad de derribar ninguna edificación.
La veintena de dueños de terrenos agrupados en la Asociación de Propietarios de la Umbría de la Montaña no se rindió cuando la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJ) dictó en enero de 2011 un auto en el que desestimaba su petición de que se ejecutara la sentencia que en 2003 había declarado ilegal la construcción del Residencial Universidad, sentencia ratificada en 2007 por el Tribunal Supremo. Los propietarios plantean este litigio al sentirse perjudicados, por agravio comparativo, toda vez que la administración no permitió a estos propietarios iniciativas urbanizadoras similares en sus terrenos, que lindan con el Residencial Universidad.
La petición de ejecución de la sentencia de 2003 significaba el derribo de las viviendas para restituir el orden urbanístico ignorado con una construcción que se había hecho de forma ilegal, en un terreno catalogado en el Plan de Urbanismo como 'no urbanizable de protección especial'. Era el Plan de Urbanismo en vigor cuando la Junta autorizó el residencial, en el año 2000, pero resulta que en marzo de 2010 entra en vigor el nuevo Plan General Municipal (PGM), que contempla como una zona urbana más de la ciudad el Residencial Universidad, es decir que lo legaliza.
Petición
Por esta razón, el TSJ no aceptó la petición de ejecución de sentencia formulada por los propietarios de la Montaña y consideró que las viviendas del Residencial Universidad serían «admisibles» con el nuevo PGM y que por tanto «sería posible que tras la ejecución de la sentencia (el derribo) pudiese nuevamente reconstruirse lo destruido en pro de una normativa modificada». Así, los jueces estimaron que se producirá un grave perjuicio al interés general si se ordenara la demolición de las viviendas para luego volver a autorizarse de acuerdo al nuevo PGM. Por ello calificaron «contrario a toda lógica» la solicitud de los propietarios de la Montaña.
Sin embargo, este colectivo presentó un recurso ante el Tribunal Supremo, que con fecha del pasado 1 de diciembre, lo estima al tiempo que rechaza la petición de inadmisión formulada por el Ayuntamiento de Cáceres, que sigue defendiendo que el Residencial Universidad ha quedado legalizado e integrado en el nuevo ordenamiento urbanístico de la ciudad.
La resolución judicial del TS no entra en el fondo del litigio, es decir si hay que ejecutar o no la sentencia del TSJ del año 2003, pero supone resucitar un conflicto judicial y un nuevo motivo de intranquilidad para los vecinos, que habían respirado tranquilos hace justamente un año al salvar a sus casas de la piqueta.