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Tercer condenado a prisión en un año por vender droga en Calvo Sotelo

CÁCERES

Tercer condenado a prisión en un año por vender droga en Calvo Sotelo

La Audiencia Provincial envía a la cárcel a un hombre al que la Policía Nacional ha detenido tres veces por trapichear con heroína y cocaína

28.06.11 - 00:09 -
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Que en el parque de Calvo Sotelo, en pleno centro de Cáceres, se vende droga es algo que está al cabo de la calle. Lo dan por hecho los vecinos, lo sabe la policía, y por si eso no fuera suficiente, lo ratifican las sentencias.
En el último año, ya se han producido tres condenas. En junio de 2010, Juan P. M., fue enviado a prisión durante tres años por dedicarse a vender heroína y cocaína a las siete de la tarde junto al parque infantil.
Poco después, Francisco G.P., de 35 años, también fue condenado por vender heroína y cocaína a dos hombres y una mujer a las seis de la tarde.
La última la emitió hace unos días la Audiencia Provincial, y supondrá la entrada en prisión de Juan Carlos A.J., condenado a tres años de cárcel por vender 'papelinas de revuelto' (heroína y cocaína) en el céntrico parque, donde también hay una zona de juegos infantiles.
La Policía Nacional le seguía la pista al recién condenado desde hacía tiempo. Le detuvo el 7 de julio del año pasado. Volvió a hacerlo unos pocos días después, en concreto el 4 de agosto. Y como ninguna de esas dos veces encontraron entre sus pertenencias ninguna sustancia ilegal, decidieron establecer un dispositivo de vigilancia la semana siguiente.
Así, el 13 de agosto del año pasado, dos agentes del grupo de estupefacientes de la brigada provincial de Policía Judicial pusieron sus ojos sobre Juan Carlos A.J. En un determinado momento, vieron a un hombre, al que tenían identificado como consumidor habitual de drogas, acercarse al banco que ocupaba el ahora condenado y sentarse junto a él. Los dos hombres intercambiaron unas palabras, y el presunto comprador se fue. A los pocos minutos volvió, se sentó de nuevo junto al traficante, éste se levantó, fue hasta unos matorrales cercanos y volvió con un pequeño paquete, que le entregó a cambio de un billete. Tras contemplar la escena, uno de los agentes detuvo al hombre que intuía acaba de comprar droga.
Al cachearle, le encontró una papelina que en el análisis posterior, arrojó un peso de diez gramos, y que contenía una sustancia con un seis por ciento de cocaína y un ocho por ciento de heroína. Acto seguido, los dos policías arrestaron a Juan Carlos A.J., inspeccionaron los matorrales a los que se había dirigido sólo unos minutos antes y allí encontraron una bola de papel de aluminio que contenían seis 'papelinas de revuelto'.
En total, pesaban 0,58 gramos, y contenían heroína y cocaína en una proporción del 7 y el 9 por ciento, respectivamente. También registraron una bolsa de deporte que portaba el detenido, y en ella encontraron dos botes de cristal, uno de ellos con 16 comprimidos de Trankimazín (su principio activo es el alprazolam) de dos miligramos cada una, una pastilla de Tranxuilum (clorazepato dipotásico) de cincuenta miligramos y seis mililitros de metadona. Además, el hombre guardaba 57,20 euros en varios billetes y monedas.
En el capítulo de razonamientos jurídicos, la sentencia alude a esto último, que a criterio de los magistrados es un detalle que también tiene su significado. El hecho de que tuviera esos medicamentos y no otros, y también varios billetes y monedas, es lo que cabía esperar de quien «ha venido papelinas de 'revuelto', cuyo precio suele ser de diez euros, y pastillas de benzodiacepinas que suelen destinarse a paliar la ansiedad propia de la abstinencia de los consumidores, que se comercializan a uno o dos euros cada comprimido».
Según los magistrados, hay argumentos suficientes para considerar al acusado culpable de un delito contra la salud pública, entre otros motivos porque no se ha comprobado que sea consumidor. Aunque él declaró que había sido atendido en el Cedex (Centro de Drogodependencias), no presentó ningún documento que lo acreditara.
A la hora de fijar la condena, entienden que procede aplicarle la mínima, que es de tres años. Para llegar a esta conclusión, tienen en cuenta el hecho de que la cantidad de sustancias estupefacientes incautada es pequeña. De hecho, también ha sido condenado a pagar 126 euros, valor de la drogra vendida.
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Parque de Calvo Sotelo, en la prolongación de Cánovas. :: ARMANDO

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