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Una sentencia permite la jubilación parcial de los empleados municipales

MÉRIDA

Una sentencia permite la jubilación parcial de los empleados municipales

El fallo establece que la administración debe cumplir un derecho recogido en el Estatuto Básico del Empleado Público

04.02.10 - 00:08 -
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Los funcionarios públicos tienen derecho a la jubilación parcial anticipada. Así lo reconoce la normativa vigente, pero ante la falta de un desarrollo legal se había puesto muchas trabas a esa posibilidad. Ahora, un trabajador del Ayuntamiento de Mérida ha ganado un juicio en el que se reconoce que puede disfrutar de una reducción de jornada y mantener el 100% de su sueldo antes de alcanzar los 65 años.
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de la capital autonómica ha estimado la petición de un trabajador, representado por el sindicato CSI-F, quien solicitó al Consistorio emeritense la jubilación parcial anticipada de su puesto de ordenanza.
Según indica Javier Balsera, letrado del CSI-F, el Ayuntamiento de Mérida no ha recurrido este fallo, con lo que en la actualidad ya es firme. Como apunta, la administración municipal trabaja para cumplir los términos de la sentencia y facilitar la jubilación parcial del empleado. Para ello, debe contratar a otra persona que ocupe su puesto.
Tal como indica la sentencia, el funcionario acudió a los tribunales el pasado verano después de que el Ayuntamiento desestimase su petición por silencio administrativo. Su pretensión era conseguir la jubilación parcial anticipada en un 85% de su jornada laboral. De esa forma, explica Balsera, su jornada se limitaría a un 15% del tiempo total (en esos casos, lo habitual es trabajar varias semanas al año y descansar el resto). El Consistorio abonaría un sueldo por ese porcentaje, y el 85% correspondería a la Seguridad Social, de modo que la medida no supone ningún coste extraordinario para las arcas municipales.
El trabajador alegó que el Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado en el año 2007, recoge el derecho a la jubilación parcial. Asimismo, recalcó que el Ayuntamiento de Mérida acordó en abril de 2008 con las centrales sindicales la aceptación de esta ley, que no ha contado con un desarrollo posterior en forma de decretos que expliquen su aplicación. Esto justifica por qué las administraciones públicas no han llevado adelante esta medida.
Por su parte, el Consistorio emeritense se opuso a su petición al estimar que no cabe aplicar la jubilación parcial anticipada que recoge el Estatuto Básico porque no hay un desarrollo normativo al respecto y que debe existir un acuerdo entre las dos partes.
Cumple los requisitos
El juzgado considera que el Estatuto Básico del Empleado Público introduce con carácter general una nueva modalidad de jubilación del empleado público «sin la necesidad de un desarrollo reglamentario para su efectividad, exigiendo únicamente la solicitud del interesado y que éste cumpla los requisitos exigidos en el régimen de Seguridad Social que le sea aplicable».
Entre estos requisitos se encuentra acreditar una antigüedad de al menos seis años en su puesto de trabajo y 30 años de cotización a la Seguridad Social. También se obliga a la administración a concertar un contrato de relevo por el tiempo que le falte al trabajador para alcanzar la jubilación total.
Según el fallo judicial, en este caso cumple con todas las exigencias. Por lo tanto, acepta las pretensiones del trabajador y reseña que «la jubilación parcial resulta de total e inmediata aplicación, es decir, la obligatoriedad de la norma, no condicionada a desarrollo reglamentario alguno, debe ser cumplida por la administración, que ha de disponer lo necesario». En este caso, la firma del citado contrato de relevo.
Javier Balsera recalca que esta sentencia, «si no es la primera, es de las primeras en Extremadura». Como indica, el juzgado ratifica el cumplimiento de una ley que carece de desarrollo normativo, lo que limitaba su aplicación por parte de las administraciones públicas. Pero, con fallos como este, no tendrán más remedio que aceptar un nuevo derecho para los funcionarios.
La medida, aunque parte de un trabajador del Ayuntamiento de Mérida, se extiende a todos los funcionarios, lo que abre una nueva posibilidad de jubilación para miles de trabajadores.
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Listado de Comentarios
14 opiniones
12/Feb/2010 | 12:22:04

NACHO RICO


para archivar.

04/Feb/2010 | 19:36:30

para contentos y agradecido de un funcionario


Yo creo que despues de la que nos ha caido y nos esta cayendo, no sea demasiado apropiado hablar de UGT y CCOO, no me veo como funcionario en lo sustancial defendido por estos dos sindicatos y he sido afiliado de CCOO. CSIF, es duela a quien duela quien esta tirando del carro y su postura y denuncia ante la crisis lo demuestran.

04/Feb/2010 | 18:18:22

contentos y agradecidos


Ol?or el abogado del csif que ha defendido el derecho legal de la jubilaci?arcial que le correspond?al trabajador. la ley que ampara ese derecho, el Estatuto del empleado P?co creo que sali?elante gracias a la firma de los tres grandes sindicatos de la administraci?c.oo., ugt y csif. por tanto a los tres sindicatos habr?que agradecerles este avance. al cesar lo que es del cesar y a Dios lo que es de Dios.

04/Feb/2010 | 17:55:59

julio


las personas que llevan mas de 30 a?cotizando se deberian jubilar, sean funcionarios o no ¿que pasa que tienen que estar trabajando hasta los 100 a? porque este gobierno no tenga ni idea de como se gestiona un pais, me parece muy bien la denuncia de CSIF, ojala todos estos sindicatillos tomaran nota, Csif un 10.

04/Feb/2010 | 12:11:03

Cambiar las condiciones y jubilarlos a todos


En realidad cada funcionario jubilado es un objeto caduco y sin capacidad de adaptaci? nuevas tecnolog?, que combiene reciclar. A los funcionarios les hace falta sangre nueva, pero no nueva por joven. A los jovenes (que yo lo soy) no habr?que dejarles presentarse. Los puestos de funcionarios para las personas a partir de 50 y por m?tos conseguidos en empresa privada, vamos gente que sepa lo que es trabajar, no como ellos.

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Trabajadores del Ayuntamiento en dependencias municipales. :: HOY

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