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Una decisión sin unanimidad del tribunal, de nuevo

El voto particular discrepante de José Francisco Cobo cree que persiste el riesgo de fuga y entiende «procedente» la prórroga de la prisión provisional

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Viernes, 22 de junio 2018, 10:00

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El auto que pone en libertad a La Manada cuenta con el voto particular discrepante del presidente de la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra, José Francisco Cobo, ponente además de la sentencia condenatoria a 9 años de prisión. Según este magistrado, «teniendo en cuenta las características y gravedad del delito por el que han sido condenados los acusados, y ponderando las circunstancias del caso y las personales de dichos procesados, se revela como razonable y proporcionado» la prórroga por plazo de dos años y seis meses, a contar desde el día 7 de julio próximo, de la medida de prisión provisional con el carácter incondicional.

Para este juez, «es indiscutible la gravedad de delito, expresada en el contenido de la pena impuesta», la afectación a bienes jurídicos especialmente relevantes como lo es en este caso la libertad e indemnidad sexual, en el marco en que se produjeron los hechos delictuales por los que se estableció la condena.

Así, respecto a los datos que pueden evaluarse, en función de lo actuado sobre la estabilidad domiciliaria de los procesados, su disponibilidad de medios para poder desarrollar su vida, su integración en su contexto familiar y convivencial extenso, no permiten, a juicio del magistrado, «conjurar eficazmente el riesgo de que los procesados se sustraigan a la acción de la justicia y las medidas a tal efecto propuestas en la decisión mayoritaria».

Para el presidente de la Sección Segunda de la Audiencia, «en conclusión, por todo lo expuesto, entiendo que resultaba procedente acordar como así se hace en la decisión mayoritaria, la prórroga de la prisión provisional, pero configurada por las razones expuestas de modo incondicional».

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