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fernando luna
Martes, 21 de marzo 2017, 08:09
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Cuando una persona fallece, uno de los focos de conflicto suele ser el que mantienen los herederos con el banco, toda vez que la entidad financiera veda el acceso de estos últimos al saldo de los activos financieros si no se cumplen determinados requisitos documentales.
Por de pronto, conviene distinguir entre cuentas en las que el finado era el único titular de aquellas en cotitularidad.
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