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Óscar Jiménez, el abogado que ha llevado el recurso. :: MAM
El TSJ de Madrid da la razón a Tiétar en su contencioso con la Confederación del Tajo

El TSJ de Madrid da la razón a Tiétar en su contencioso con la Confederación del Tajo

La sentencia puede beneficiar a los pueblos de la zona enfrentados a la CHT por el canon y la tarifa del agua

MIGUEL ÁNGEL MARCOS

Miércoles, 29 de marzo 2017, 08:07

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Una reciente sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, favorable al Ayuntamiento de Tiétar en relación con el conflicto que mantiene con la Confederación Hidrográfica del Tajo por el canon y la tarifa del agua, puede beneficiar indirectamente a todos los municipios de la comarca que se encuentran en su misma situación.

El C onsistorio de Tiétar recuerda en un extenso comunicado que todo se remonta a la construcción del nuevo abastecimiento de agua al Campo Arañuelo, «en sustitución de las redes de suministros caducas que tantos problemas ocasionaban a las poblaciones afectadas».

Una vez construído la Confederación repercutió el coste de la obra en los municipios beneficiados, lo que todos han recurrido por distintas vías. En el caso de Tiétar recurrió las liquidaciones que le giró la CHT por importe de 29.000 euros.

La sentencia se conoció el pasado día 8, siendo favorable a sus intereses. De ahí la satisfacción del alcalde, Luis Perona. «Se trata de un ahorro importante para las arcas municipales por un servicio del que, además. no disfrutamos. El resultado va a afectar a otros recibos que también tenemos recurridos».

Razonamientos jurídicos

El abogado que ha defendido al Ayuntamiento de Tiétar, Óscar Jiménez Moriano, del bufete Gómez Esteban y Jiménez Moriano, explicaba a HOY los razonamientos jurídicos de la resolución judicial.

«Se alegaron varios motivos para pedir la nulidad de las liquidaciones. Uno de ellos aludía a la irretroactividad del canon y la tarifa, que significa que estos tributos no pueden aprobarse en el mismo ejercicio económico en el que se cobran. Así, los preceptos reglamentarios que regulan la tarifa y el canon indican que si no estuvieran aprobados a la entrada en vigor del presupuesto de cada ejercicio, el organismo gestor tiene la opción de practicar liquidaciones a cuenta aplicando provisionalmente la última tarifa aprobada. Después, cuando se apruebe la tarifa correspondiente al ejercicio, deberá practicar y notificar las oportunas liquidaciones».

En el caso resuelto por el TSJ de Madrid, la Confederación Hidrográfica no practicó liquidación a cuenta, según apunta el letrado, sino que practicó las liquidaciones relativas a la campaña 2014 aplicando la tarifa y el canon de utilización del agua aprobados en julio de ese mismo año. Esto es, cuando la campaña ya se había iniciado.

El Tribunal añade que lo que pretende atajar la ley es el fenómeno de recibos girados fuera del año en el que se ha disfrutado de los bienes del dominio público. «Es decir, que se exijan en el propio año, para lo que también es lógico que se aprueben antes para que puedan cumplirse otros fines, como la previsibilidad y el conocimiento de los costes», explica.

La repercusión económica de este fallo para el Consistorio de Tiétar no se circunscribe al ejercicio económico del 2014, apostilla Óscar Jiménez, sino que va a afectar a ejercicios venideros, «en los que la CHT ha girado liquidaciones similares que se encuentran recurridas y pendientes de fallo».

Reunión en Tiétar

Precisamente el Ayuntamiento de Tiétar acogerá el día 5 de abril la próxima reunión de alcaldes y concejales de los municipios de la comarca enfrentados a la Confederación Hidrográfica del Tajo por este asunto. Unas reuniones que promueve la Mancomunidad de Municipios, cuyo presidente, David González, valora positivamente la sentencia que beneficia a Tiétar. «Se ha ganado una pequeña batalla, pero el contencioso va a ser largo y difícil», afirma.

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