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Jueves, 22 de marzo 2018, 07:52
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Un agente de la Policía Local de Plasencia ha sido condenado a dos años de prisión como responsable de cometer un delito de lesiones contra una mujer, no pudiendo en ese tiempo ejercer un empleo o cargo público, «relacionado con el desempeño de labores de policía o vigilancia en las fuerzas y cuerpos de seguridad, tanto estatal, como autonómica o local, o, en su caso, fuerzas armadas y similares». La sentencia ya es firme.
También se le impone pagar a la perjudicada una indemnización de 6.840 euros y hacer frente a las costas procesales, incluido el gasto del abogado de la víctima, que ha sido el letrado Juan María Expósito.
Según los hechos considerados probados, (primero por el Juzgado de lo Penal de Plasencia, y luego por la Audiencia Provincial), el 5 de enero de 2013 el agente condenado estaba a las siete y veinte de la tarde regulando el tráfico en la plaza de San Calixto de Plasencia con motivo de la Cabalgata de Reyes.
La mujer intentó entrar con su coche por una zona restringida al tráfico y el agente se lo prohibió, lo que motivo cierta discusión.
Ella aparcó en otra zona, y cuando se dirigía a su casa, el agente fue por detrás y le agarró por los brazos, requiriéndole de malas maneras que se identificara. Ella le dijo que era Víctoria Abril (refiriéndose a la actriz). El agente le insistió en que se identificara, y ella le dijo que tenía la documentación en el coche. Pasó por allí un coche policial, al que paró el agente indicando que la mujer no quería identificarse. Ella dijo entonces que tenía una tarjeta sanitaria, y el policía recalcó que no servía, y la introdujo en el coche policial para llevarla a Comisaría.
En el coche, el agente le tiró a la cara la tarjeta sanitaria y le amedrentó, lanzándole un puñetazo que detuvo a unos centímetros de la cara de ella, lo que hizo que sus compañeros le recriminaran la conducta. También la insultó, según el relato de hechos probados, llamándola idiota e imbécil. Al llegar a la Comisaría, el policía sacó a la mujer a la fuerza del coche agarrándola por encima del codo y arrastrándola.
Al registrarle el bolso, apareció el DNI. La víctima pensó entonces que la dejarían marchar; pero él dijo que ella le pegó en la cara, aunque lo iba a dejar pasar por alto.
Agentes de policía llevaron a la mujer a un centro de salud a petición de ella, viendo que tenía contusiones en ambos brazos. Al llevarla nuevamente a Comisaría estuvo 45 minutos en el calabozo hasta que la pusieron en libertad.
La sentencia indica que, además de tener lesiones en los brazos, la mujer sufrió un estrés postraumático y crisis de ansiedad.
La Audiencia Provincial de Cáceres ha confirmado la condena, señalando que «no debió detenerla, ni introducirla en el coche policial, ni llevarla después a la fuerza a la Comisaría donde estuvo privada de libertad injustamente durante 45 minutos, precisamente porque no había hecho nada que justificase actuar tan oneroso y desproporcionado. Aquí radica la base de la condena, fundamentalmente en las lesiones psíquicas, más que en las físicas, en la situación de vejación moral sufrida».
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