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En primer plano Victoria Domínguez (izqda.) y Elia Blanco, y al fondo Barbancho junto y Mónica García::
La juez del caso Santa Bárbara ve «poderosos indicios de criminalidad»

La juez del caso Santa Bárbara ve «poderosos indicios de criminalidad»

Rechaza los recursos contra las citaciones de los exediles salvo la de Victoria Domínguez, que se suspende por su aforamiento aunque sigue como investigada

Claudio Mateos

Viernes, 24 de marzo 2017, 13:54

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La juez del caso Santa Bárbara ha desestimado los recursos presentados por la Fiscalía y María Victoria Domínguez salvo en lo referente a la citación de la diputada regional de Ciudadanos, que no tendrá que acudir a declarar ante el Juzgado de Instrucción número 1 de Plasencia dada su condición de aforada. Sí deberán hacerlo el próximo 11 de mayo los otros dos exconcejales de urbanismo investigados, Mónica García y Francisco Barbancho. El auto, que menciona la existencia de «poderosos indicios de criminalidad» a raíz de las diligencias practicadas hasta la fecha, recuerda no obstante que el aforamiento de Domínguez «no cambia nada las cosas ni hace desaparecer por arte de magia la presente investigación». De hecho, dice que «cuando la causa alcance el momento procesal oportuno se remitirá al TSJ con exposición razonada».

La juez rebate con dureza a la Fiscalía por haber presentado ahora un recurso para que se suspendieran las declaraciones de los exediles de urbanismo, una decisión que califica de «sorpresiva», ya que fue la propia fiscal la que solicitó hasta en dos ocasiones durante la instrucción que se les llamase a declarar. «No entendemos ni tiene explicación el cambio de criterio del Ministerio Fiscal, es cuando menos sorprendente e inverosímil, además de que no da ningún argumento», señala el auto, que expone que «la única razón para el cambio de criterio, no se nos ocurre otra, es que el conocimiento de esta causa ha saltado a los medios de comunicación y se ha mediatizado políticamente». Incluso va más allá y dice que el recuso debe desestimarse «salvo que se quiera pedir una resolución más propia de un acto prevaricador que de resolución de un recurso de reforma».

Además, el auto aclara que la única razón de que no se haya llamado hasta ahora a Victoria Domínguez es precisamente su condición de aforada, que «se ha tenido en cuenta desde el minuto uno de interposición de la denuncia». Sobre la petición de la parlamentaria regional de que se la saque de la causa, la juez la deniega porque ella fue concejala de urbanismo desde 2007 hasta 2010 y el periodo que se investiga es de 2006 a 2011, por lo que «le tocaba de lleno, independientemente de su condición de aforada».

En el mismo auto, la juez se plantea cuestiones como «por qué los concejales de urbanismo que han desempeñado el cargo durante un periodo suficientemente largo, al tener competencias delegadas en la materia, no concluyeron los expedientes administrativos que se tramitaron en el Ayuntamiento por ilegalidad urbanística con la orden de derribo». También se pregunta «por qué se ha permitido a lo largo de los años realizar construcciones en suelo no urbanizable que por la condición de superficie de las parcelas, y/o por la condición de uso de las construcciones, eran contrarias a las normas urbanísticas de Plasencia».

Inacción

Señala por lo tanto que «puede entenderse que con no hacer nada al respecto o la no actuación de los concejales de urbanismo durante los cinco años que se investiga, conllevó apartarse de los parámetros de la legalidad, convirtiendo su inacción en una expresión de su libre voluntad de permitir edificaciones al libre albedrío, fuera de lo permitido por el ordenamiento urbanístico». Del mismo modo, apunta que «esa ausencia de control en el cumplimiento de las normas urbanísticas, la falta de respuesta real e idónea frente a las inspecciones llevadas a cabo han supuesto la materialización de una conducta arbitraria de un servidor público que puede ser constitutivo de algún ilícito penal (delito de prevaricación previsto y penado en los artículos 320 y 404 del Código Penal o un delito de omisión de impedir determinados delitos, artículo 407 y 450)».

El auto recuerda que la otra investigada en la instrucción, la exalcaldesa Elia María Blanco, ya declaró el pasado 21 de diciembre y dijo que durante su mandato tuvo delegadas las competencias de urbanismo en los concejales a cargo del área. Además, la juez indica que tras ocho meses de instrucción ésa se encuentra «casi agotada», pues las únicas diligencias que quedan son tomarle declaración a los ediles y a un policía local en calidad de testigo. Una vez concluida la instrucción, decidirá si remite la causa al TSJEx.

El auto puede ser recurrido ante la Audiencia Provincial en un plazo de cinco días.

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