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¿Qué ha pasado hoy, 28 de marzo, en Extremadura?
el canónigo denuncia también injurias y coacciones

Admitida la querella de un sacerdote contra el arzobispo de Granada por «acoso moral»

Francisco Javier Martínez, que es el primer prelado de España denunciado por este motivo, ha sido citado a declarar el 26 de abril

EFE | GRANADA

Lunes, 17 de abril 2006, 02:00

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El Juzgado de Instrucción número 1 de Granada ha admitido a trámite la querella presentada por el sacerdote Javier M.M. contra el arzobispo Francisco Javier Martínez, a quien acusa de calumnia, injurias, acoso moral y coacciones, según han informado fuentes del caso. Francisco Javier Martínez, que es el primer prelado de España denunciado por este motivo, ha sido citado a declarar ante el Juzgado el próximo 26 de abril.

El arzobispo inhabilitó a Javier M.M. para ejercer sus funciones sacerdotales el pasado febrero, le destituyó como canónigo, le retiró de su Cátedra de la Facultad de Teología y le relevó por decreto de su puesto de archivero en la Catedral de Granada, datos en los que el clérigo ha basado su querella. Según el escrito, el arzobispo ha sometido al cura a "acoso moral" desde que tomó posesión del cargo en junio de 2003 procedente de la Diócesis de Córdoba. La presunta inquina pudiera deberse, según dicha fuente, a que el sacerdote está vinculado a los órganos de Gobierno de CajaSur (Córdoba), que financió un libro sobre la Catedral de Granada encargado por el anterior arzobispo, Antonio Cañizares, y cuya publicación fue paralizada por Martínez.

El pasado diciembre, el sacerdote presentó una demanda por conciliación contra el arzobispo, a quien acusaba de calumniarle e injuriarle en una carta en la que supuestamente le achacaba una apropiación indebida relacionada con su trabajo como archivero y le imputaba quedarse con los derechos de propiedad intelectual del libro paralizado. El acto de conciliación acabó sin avenencia al no retractarse el prelado, a quien la juez de Primera Instancia 5 rechazó su recurso basado en que el caso es competencia de la jurisdicción eclesiástica y no la Civil ordinaria.

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