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Cuixart y Sánchez. Efe
El Supremo asume la investigación por rebelión de los exmiembros del Govern y los 'Jordis'

El Supremo asume la investigación por rebelión de los exmiembros del Govern y los 'Jordis'

La Audiencia Nacional solo se queda con Trapero y el resto de los mossos que puedan ser imputados por sedición

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Viernes, 24 de noviembre 2017, 13:36

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Habrá un macroproceso contra el intento de secesión catalana. El Tribunal Supremo acaba de quedarse con la instrucción de la causa contra Carles Puigdemont y sus exconsejeros y los líderes de ANC y Òmnium, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, hasta ahora imputados en la Audiencia Nacional. Esta investigación se incluirá en la ya abierta en el alto tribunal contra los aforados Carme Forcadell y los miembros de la Mesa del Parlament. La juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela solo investigará por sedición al exmayor Josep Lluís Trapero y a los mossos que puedan ser acusados en un futuro por su connivencia con el intento secesionista.

El magistrado del Supremo Pablo Llarena deberá ahora decidir si libera al exvicepresidente Oriol Junqueras y a los siete exconsellers en prisión antes de las elecciones de 21 de diciembre. También Llarena, que desde el principio se había mostrado dispuesto a hacerse con toda la investigación, deberá acotar definitivamente los delitos de los que se acusa a los imputados en esa futura megacausa, que por ahora están investigados por rebelión, sedición, desobediencia, prevaricación y malversación.

La unificación en un gran procedimiento de toda la investigación sobre el "procés" supone incluir en el mismo sumario los hechos acaecidos desde inicios de septiembre, con la aprobación de las denominadas leyes de desconexión, hasta la huida de Puigdemont a Bélgica a finales de octubre. Un espacio temporal que también incluye los preparativos durante meses de la consulta ilegal y el uso de fondos públicos para esta operación; la aprobación de la propia declaración de independencia el 27 de septiembre en el Parlament; o los intentos de destrucción de pruebas posteriores, entre otras muchas cuestiones.

¿Por qué una macrocausa?

En su auto Pablo Llarena justifica la unificación "por la conexión material inescindible de la naturaleza de los hechos que se están investigando en el Supremo en la causa relacionada con el proceso secesionista". Llarena acuerda que la juez Lamela debe continuar investigando la actuación del exmayor de los Mossos, Josep Lluis Trapero, la intendente Teresa Laplana, así como de cualesquiera otros eventuales responsables sobre los que la investigación proyecte indicios de responsabilidad. El magistrado reclama al Juzgado Central número 3 de la Audiencia Nacional la parte de la causa relativa al Govern cesado y a los responsables de ANC y Òmnium, que queda incorporada a la que ya se sigue contra la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y otros 5 miembros de la Mesa.

¿A quiénes investigará el Supremo?

A partir del auto del juez Llarena, quedan bajo la investigación del Supremo un total de 22 personas: el expresident Carles Puigdemont y los cuatro exconsellers cuya entrega España ha reclamado a Bélgica (Antonio Comín, Clara Ponsatí, Lluis Puig y Meritxell Serret), los 8 exconsellers que se encuentran en prisión preventiva en España (Oriol Junqueras, Jordi Turull, Josep Rull, Raül Romeva, Meritxell Borras, Joaquim Forn, Dolors Bassa y Carles Mundó), el exconseller en libertad bajo fianza Santi Vila, y los expresidentes de ANC y Omnium Cultural, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, además de la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y cinco exmiembros de la Mesa del Parlament a los que ya investigaba.

El magistrado recuerda que la unificación del procedimiento tiene una finalidad funcional, concretada en la facilitación de la tramitación y en resolver los problemas derivados de la inescindibilidad del enjuiciamiento. En el presente caso, Llarena señala que uno de los delitos investigados es el de rebelión, que tiene un carácter plurisubjetivo, con una pluralidad de partícipes, lo que marca la necesidad del enjuiciamiento conjunto.

No obstante, Llarena considera que en el presente caso no se observa esa conexión material inescindible en la actuación de todas las personas investigadas en relación con el proceso secesionista de Cataluña. Así, el juez distingue entre “la actuación de los miembros del Govern y la de los presidentes de ANC y Omnium, hasta el punto de que sólo la intervención coordinada de todos ellos es la que puede llenar de contenido el injusto contemplado en el delito de rebelión”, y la actuación de los Mossos que describe Lamela en su informe, así como la de un conjunto de personas que han podido colaborar en la elaboración de las leyes cuestionadas.

Para el magistrado, participaciones como la de Trapero, Laplana y aquellas otras semejantes que surjan a lo largo de la investigación no impiden que puedan examinarse de manera autónoma, "son así participaciones añadidas, que con independencia de cuál sea su relevancia en el desarrollo natural de los hechos, no justifican modificar las normas de competencia ordinaria para los que resulten afectados".

Entre estas intervenciones, explica Llarena en su auto, "está la de quienes se encontraban subordinados, en este caso concreto, al consejero de Interior: Trapero y Laplana. Sin perjuicio de que pueda resultar necesario revisar la decisión en un futuro, su participación, por relevante que sea, no compromete la calificación y el enjuiciamiento que pueda surgir de esta causa especial, no pudiéndose modificar la competencia ordinaria por no concurrir el elemento de la inescindibilidad respecto de ellos".

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