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Absuelto un 'cobrador del frac' acusado de allanar la vivienda de un deudor

La Audiencia de Valencia no considera probado que el acusado, que se enfrentaba a cuatro años de prisión, amenazara a los moradores

Mateo Balín

Jueves, 16 de febrero 2017, 19:01

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La Audiencia Provincial de Valencia ha absuelto a un 'cobrador del frac' que el 20 de enero de 2014 entró en la vivienda de un hombre de la localidad de Alfafar (Valencia) para notificarle al propietario una deuda con un particular. La Sala exoneró al acusado después de que un jurado popular emitiera un veredicto de no culpabilidad al considerar que no había pruebas que demostraran que el hombre cometiera un delito de allanamiento de morada y de amenazas, como mantenían las acusaciones. La Fiscalía reclamaba cuatro años de prisión y la acusación particular, cinco años, además de 2.400 euros de multa.

Según el relato de hechos probados, el agente comercial M. A. T. C., de 36 años y natural de Valencia, fue recibido por la madre del deudor, de 84 años, y por su esposa, con las que conversó y a las que dejó una tarjeta de visita con el membrete del 'cobrador del frac'. Al día siguiente, el dueño de la casa denunció al recaudador ante la Guardia Civil de Catarroja por entrar en su domicilio sin permiso y proferir frases de contenido amenazante a su madre y a su pareja.

El juez abrió juicio oral a instancias de la Fiscalía porque el acusado entró en la casa sin permiso y ante la «insistente negativa» de la madre del supuesto deudor, una mujer de 84 años a quien empujó. Asimismo, amenazó presuntamente a la esposa del propietario del inmueble e incluso le manifestó que iba a ir al colegio de su hijo pequeño para llevárselo en un furgón grande hasta que pagasen la deuda. De igual forma, le amenazó con contarle su situación a todo el mundo y que «la próxima vez que volviera no iría a gastar gasolina, sino que lo haría de otra manera, que como su marido no pagara ella y su familia tendrían problemas».

Sin embargo, la sentencia considera ahora que, tras la declaración del acusado y de los testigos, no existen pruebas para condenar al acusado. Además, la sala explica que durante el juicio no se demostró por parte de las acusaciones que el acusado amenazara a las dos mujeres o allanara su vivienda, como mantenía el deudor en su denuncia.

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