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Jesús Sepúlveda, exalcalde de Pozuelo.
El PP reprocha a Ruz la falta de indicios para acusarle de lucrarse con la trama Gürtel

El PP reprocha a Ruz la falta de indicios para acusarle de lucrarse con la trama Gürtel

Sostiene que "son más evidentes" los perjuicios que ha sufrido "y sigue sufriendo" a causa de las conductas atribuidas a los imputados

EFE

Viernes, 5 de septiembre 2014, 20:21

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El PP ha reprochado al juez Pablo Ruz la falta de indicios con que cuenta para acusar al partido de lucrarse con la trama Gürtel en el auto en el que concluyó la investigación a 45 imputados en esta causa, entre ellos el extesorero Luis Bárcenas, para que sean juzgados por hechos de la primera época de la red.

Este planteamiento lo hace el PP en el recurso que ha interpuesto contra ese auto, dictado el pasado 29 de julio y en el que Ruz imputaba al PP la responsabilidad civil por la trama Gürtel como "partícipe a título lucrativo".

En su escrito, el abogado del PP Jesús Santos rechaza que el partido deba ostentar "la responsabilidad civil a título lucrativo -puesto que ningún beneficio ha obtenido como consecuencia de los hechos que se investigan-" sino más bien "la de perjudicado" porque "son más evidentes" los perjuicios que ha sufrido "y sigue sufriendo" a causa de las conductas atribuidas a los imputados, "respecto de los cuales la organización política que represento es absolutamente ajena -sostiene-".

Indefensión

Para impugnar el auto, Santos alega indefensión y vulneración del artículo 24 de la Constitución (tutela judicial efectiva), "al desconocer con detalle y concreción la base fáctica de la imputación y los indicios racionales de criminalidad que la sustentan".

En su resolución, Ruz sostenía que el PP pudo beneficiarse de "al menos" 236.864 euros procedente de comisiones de la trama Gürtel que cobraron los exalcaldes populares de Majadahonda y de Pozuelo, Guillermo Ortega y Jesús Sepúlveda.

Sin embargo, el representante del PP entiende que Ruz no ha explicado con detalle "los hechos acaecidos tendentes a crear el soporte de la imputación como responsabilidad civil a "título lucrativo", ya que no hay indicios para establecer "un nexo causal entre las actuaciones ilícitas presuntamente realizadas por los imputados y el supuesto beneficio ilícito del partido".

Si bien el juez, según el escrito, parece encontrar esa responsabilidad del PP en la conducta presuntamente delictiva de los exalcaldes de Majadahonda y de Pozuelo, a juicio de la representación legal del partido no queda "enunciado el soporte indiciario" respecto al supuesto beneficio económico que habría obtenido la formación.

Respecto de Sepúlveda, recuerda el recurso, "se llega a afirmar que existen indicios que podrían alcanzar la consecuencia fáctica de que el Partido Popular resultó beneficiado en las elecciones municipales de 2003", pero aprecian la ausencia de "soporte probatorio" para "llegar a establecer tal inferencia". Por ello creen que la afirmación de que el PP se habría beneficiado de los actos y trabajados sufragados por Sepúlveda en las elecciones municipales, "carece de base indiciaria alguna respecto del origen de dichos caudales" ni se especifica a qué gastos "se habrían dedicado dichos fondos".

En el caso de Guillermo Ortega, también se apunta a que con lo obtenido por éste a través de la trama Gürtel se costearon actos del PP, pero "no se especifican los momentos de campaña en los que se habrían utilizado dichos recursos, ni tampoco para qué se habrían destinado".

Cuentas auditadas

Por todo ello, el PP expone en su recurso que "no se cumplen los requisitos", fijados en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, "para que un hecho típicamente antijurídico supuestamente cometido por el imputado origine la responsabilidad civil a título lucrativo de un tercero".

Además argumentan que en el auto no queda determinado con exactitud la cantidad que se establece para el resarcimiento por cuantía de participación y figuran unas cuantías de responsabilidad de las que ni se argumenta el origen ni el soporte material para afirmar dicho importe y tampoco se dice cuándo se realizan los trabajos o cuándo se sufragan dichas campañas electorales.

Recuerdan también al juez que "las cuentas del PP están debidamente auditadas y contabilizadas" por el Tribunal de Cuentas, por lo que "no cabe a este respecto hecho indiciario que revele el posible beneficio económico que el Partido Popular haya podido percibir de los actos presuntamente ilícitos cometidos por los imputados".

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