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Juan Soriano
Sábado, 10 de marzo 2018, 08:44
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El Tribunal Supremo ha rebajado la pena en tres años y tres años y medio, respectivamente, a dos implicados en el tiroteo que tuvo lugar en agosto de 2011 en Mérida entre dos familias gitanas y que terminó con la muerte de dos personas.
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial deBadajoz, con sede en Mérida, acogió el pasado año el juicio por estos hechos. La sentencia fijó una condena de 31 años de cárcel para Félix Montoya por un delito de asesinato, otro de asesinato en grado de tentativa, dos de homicidio en grado de tentativa y uno de tenencia ilícita de armas. El juzgado le consideró culpable de la muerte de Isabel Vargas con un disparo por sorpresa y también de intentar matar sin posibilidad de defensa a Fidela Montaña.
Junto a él también fue condenado José María Montoya por la muerte de Joaquín Vargas. También se le consideró autor de tres delitos de homicidio en grado de tentativa, como otros cuatro miembros de su familia, entre ellos Lucas Díaz. Otros cinco recibieron condenas por tenencia ilítica de armas.
En cuanto a la familia que sufrió las dos víctimas mortales, el único acusado, Manuel Vargas, fue condenado a 22 años y medio de cárcel por seis delitos de tentativa de homicidio y un delito de tenencia ilícita de armas.
De los doce implicados, todos presentaron recurso ante el Supremo excepto dos, que sólo recibieron penas de un año de prisión. De estos diez, sólo se ha estimado en parte la petición de dos, que han visto reducida su condena.
Los principales acusados alegaron que no ha quedado probado quién disparó qué arma ni por tanto quién causó las muertes. Sin embargo, el Supremo coincide con la Audiencia en señalar que queda clara la participación de los implicados.
Pero también considera que Félix Montoya no puede ser condenado por el intento de asesinato de Fidela Montaña, ya que señala que ni la Fiscalía ni el abogado de la familia Vargas le acusaron de este delito. En su lugar, apreciaron tentativa de homicidio. Para el tribunal, la sentencia no puede ir más allá de las peticiones de las acusaciones porque se vulnera el derecho de defensa. De ahí que rebaje la pena por este hecho de seis a tres años; y en total de 31 a 28 años.
Respecto a Lucas Díaz, miembro de la familia Montoya, elimina uno de los tres delitos de tentativa de homicidio por los que fue condenado, a razón de tres años y medio cada uno. Como en el caso anterior, el Supremo señala que no fue acusado de uno de ellos hasta que terminó el juicio, lo que condicionó su defensa. Pasa de diez años y medio a siete años.
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