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La fiscal Coro García Santos a las puertas del Palacio de Justicia de Mérida. :: j. m. romero
Coro García, fiscal del Área de Mérida: «La ley es la expresión de lo que los ciudadanos dijeron que querían»

Coro García, fiscal del Área de Mérida: «La ley es la expresión de lo que los ciudadanos dijeron que querían»

Recalcará la próxima semana en Aula HOY la importancia del respeto a la legalidad como garantía de igualdad ante la justicia

JUAN SORIANO

MÉRIDA.

Domingo, 26 de noviembre 2017, 09:17

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¿Somos realmente iguales ante la ley? La fiscal Coro García Santos será la próxima semana protagonista de Aula HOY en Cáceres y Badajoz con una conferencia dedicada a las garantías de igualdad en la justicia, en la que desgrana los resortes que existen para asegurar que todos los ciudadanos reciben un mismo trato en la defensa de sus derechos. Nacida en Badajoz en 1979, estudió Derecho en Sevilla y desde 2009 ha ejercido en Huelva, Sevilla y Mérida, su destino actual.

-¿Existe la igualdad en la justicia?

AULA HOY

  • Cáceres, lunes 27 Sala Cajalmendralejo. Casa de los Málaga. Avenida de España, 13. 20.15.

  • uBadajoz, martes 28 Salón de Actos del Colegio Oficial de Farmacéuticos. Calle Ramón Albarrán, 13. 20.15.

-Creo que, sin lugar a dudas, se puede afirmar que existe una igualdad ante la justicia desde el momento en que la justicia aplica la ley, que es una expresión de la soberanía general. Es decir, los ciudadanos contribuyen a esa formación de la ley en el momento en que concurren a las elecciones y eligen a sus representantes en las Cortes. Y los tribunales, que no son nombrados por los políticos, van a aplicar las leyes conforme a su conocimiento y con criterios totalmente independientes. Además, tienen una guía que nace en la jurisprudencia. Un tribunal no puede dejar de aplicar la ley como se ha venido aplicando por otros tribunales, o por el Supremo, salvo que concurran unas causas excepcionales. Por lo tanto, la jurisprudencia también viene a ser una garantía de igualdad, de que todos los ciudadanos, en situaciones análogas, van a ser tratados de manera similar.

-¿Qué más garantías hay?

-La garantía fundamental, que además considero que actualmente es de especial trascendencia, es el imperio de la ley. En estos días se está viendo la importancia de respetar la ley. Ya en el derecho romano fueron los plebeyos, los pobres, los que pidieron de los patricios las doce tablas, porque la norma escrita era una garantía de que no iban a ser tratados de manera caprichosa por quien ostenta el poder. Para mí la garantía es la legalidad.

-¿Cómo se garantiza la legalidad?

-Por un lado, el poder judicial, que es el que aplica esa legalidad; y también el Ministerio Fiscal, que va a velar siempre por que se respeten esas normas. Aparte de esto, existen las normas procedimentales. El procedimiento es muy importante. Por ejemplo, la ley de asistencia jurídica gratuita. Siempre existe una desigualdad económica contra la que tenemos que luchar. Para el ciudadano que se encuentra más perjudicado en sus condiciones materiales el Estado garantiza una asistencia gratuita, de oficio, con lo que siempre acudirá a un procedimiento asistido de un abogado que lo defienda. Incluso hay una resolución muy novedosa del Supremo, de julio de 2017, que manda para atrás un procedimiento porque considera que la persona que pidió amparo no estaba adecuadamente defendida por el letrado de oficio. Considera que tiene derecho a una defensa digna, por lo que devuelve las actuaciones para que se proceda a un nombramiento de un abogado que defienda en condiciones a su cliente.

-¿La lentitud del procedimiento se debe a que hay que garantizar los derechos de los implicados?

-El procedimiento implica lentitud. Hay jurisdicciones en las que pretendemos ser más rápidos. Por ejemplo, la laboral. Es necesario que seamos rápidos para tutelar los derechos del trabajador que se ve despedido o que destinan a un centro de trabajo lejano en un plazo perentorio. En esos casos intentamos restar audiencias, alegaciones, celebrar vistas verbales... Y hacer todo de la manera más rápida posible, sin perjuicio de los ulteriores recursos, que también son importantes en materia de garantía. Pero el procedimiento penal es más lento. El derecho penal es violencia, dureza, y normalmente las consecuencias son más gravosas. Implica privación de libertad, de derechos, de bienes... Por ello, tenemos que ser especialmente cautos a la hora de acordar medidas o de ejecutar una pena, porque estás privando a una persona de su libertad, uno de sus bienes más preciados. Pero opino que, a pesar de la lentitud de la justicia, que también se debe a la falta de medios materiales, se está demostrando que es eficaz y que no suele fallar.

Labor del fiscal

-La Fiscalía no se limita a acusar. ¿En qué consiste su labor?

-Carnelutti dedicó un estudio a la posición del Ministerio Fiscal y llegó a la conclusión de que era intentar hacer la cuadratura del círculo. Al final, viene a ser el defensor de la legalidad. Ni defiende al Estado, porque para eso estará el abogado del Estado, ni acusa siempre, ni va siempre con la Policía... Defendemos la legalidad. Por eso decía que lo importante, sobre todo en estos días, es la defensa de la ley, porque al final la ley es la expresión de lo que los ciudadanos nos dijeron que querían. Y del mismo modo que se garantiza la igualdad de todos ante la ley, tenemos que tener en cuenta que hay ciudadanos que no se encuentran en las mismas situaciones que nosotros, como los discapacitados. En esos casos se hace lo que se llama la discriminación positiva. El Ministerio Fiscal está especialmente destinado para defender a un discapaz, a un menor... Tenemos también una función de defensa de los más débiles.

-¿Existe discriminación positiva hacia las mujeres?

-Ahora se habla más de discriminación positiva en relación con las mujeres, pero como sigamos así seguramente habrá que hacerlo al revés, porque las mujeres están cada vez copando más el mundo judicial, en el que ya somos mayoría. La ley de violencia de género y la ley de paridad es lo más novedoso en nuestra historia legislativa cercana. Pero también existe discriminación positiva hacia una persona con discapacidad. El artículo 23 de la Constitución reconoce un derecho de igualdad a todos los ciudadanos que acrediten una capacidad y mérito suficiente para acceder a un cargo público, pero en todas las oposiciones se reserva un cupo para personas con discapacidad. Eso no significa favorecer, sino tener en consideración que hay personas que están en unas circunstancias, histórica o físicamente, que no son iguales que las del resto de los ciudadanos, y favorecer para conseguir una verdadera igualdad. Para la paridad se tuvo en cuenta una serie de condicionamientos sociales de la mujer, que son indudables, para fomentar que pueda ocupar cargos directivos.

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