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Educación publica el nuevo marco legal que regula las secciones bilingües

Educación publica el nuevo marco legal que regula las secciones bilingües

La Junta asegura que da estabilidad y asegura la calidad de unas enseñanzas que dejan de ser experimentales

efe

Miércoles, 3 de mayo 2017, 16:38

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La Consejería de Educación y Empleo ha publicado hoy en el DOE la nueva orden que regula la autorización, organización, funcionamiento y ordenación académica de las secciones bilingües en los centros educativos sostenidos con fondos públicos, "dándoles estabilidad y asegurando su calidad".

La Junta ha precisado, en un comunicado, que se trata de un nuevo marco legal permanente que homologa y asegura la calidad de unas enseñanzas que dejan de ser experimentales.

Entre las novedades de la nueva orden destaca su ampliación a Educación Infantil y Bachillerato, al considerar fundamental la inmersión temprana para adquirir una buena competencia lingüística, así como su continuidad en los estudios postobligatorios.

Por lo que respecta a la incorporación del alumnado a las secciones bilingües, la orden fija "criterios claros y no discriminatorios para la admisión del alumnado".

Sorteo en caso de empate

Si el número de solicitantes supera la oferta de plazas bilingües del centro, los criterios que se aplicarán, por orden de preferencia, serán que haya estado en una sección bilingüe el curso anterior y que, sin haber estado antes en una sección bilingüe, haya cursado el idioma. Si persiste el empate, se hará un sorteo.

En cuanto al horario, se establece que al menos el 20 por ciento del horario tiene que impartirse en lengua extranjera y se potencia que se llegue hasta el 50 por ciento, garantizándose el contacto con el idioma todos los días de la semana lectiva.

En relación al profesorado, la nueva orden determina los requisitos de habilitación y acreditación, exigiendo, al menos, un nivel B2 para impartir clase en el idioma de la sección bilingüe, así como la formación metodológica exigible al profesor.

Por primera vez, se determinan las funciones del coordinador de secciones bilingües, al que también se le exige la acreditación de un nivel B2 del idioma de la sección. Ambos perfiles profesionales tendrán una reducción horaria.

Para los centros concertados, la nueva orden contempla, además, la concesión de 3 horas de ratio para que los que tengan sección bilingüe dediquen ese tiempo a la coordinación del programa.

Asimismo, se establecen criterios de provisión de plazas, con el fin de crear puestos de plantilla orgánica con perfil bilingüe al que puedan concursar los profesores habilitados, lo que garantizará la estabilidad y la calidad del programa.

Con este mismo fin, en los centros concertados se exige que el profesorado del programa sea indefinido, cooperativista, titular o socio.

Además, la nueva orden dedica un artículo a la metodología de enseñanza de idiomas y se potencia la presencia de auxiliares de conversación.

Por último, la nueva normativa establece una evaluación interna y externa para mejorar el programa e incorpora la doble titulación Bachiller-Baccalauréat para los centros con sección bilingüe de francés que lo deseen.

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