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Los extremeños deberán pagar en la factura eléctrica la ecotasa de 2013

Los extremeños deberán pagar en la factura eléctrica la ecotasa de 2013

El Tribunal Supremo da tres meses de plazo al Ministerio de Energía para que establezca la cuantía que hay que exigir a los consumidores

Juan Soriano

Lunes, 27 de marzo 2017, 23:27

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El Tribunal Supremo ha dado un plazo de tres meses al Ministerio de Energía para que establezca la cuantía que deben devolver los consumidores extremeños a las compañías eléctricas por los tributos autonómicos cobrados al sector en el año 2013.

La Ley del Sector Eléctrico de 1997 establecía que en el caso de que las actividades o instalaciones destinadas al suministro eléctrico fueran gravadas, directa o indirectamente, con tributos propios de las comunidades autónomas o recargos sobre tributos estatales se podría incluir un suplemento territorial que abonarían los consumidores de esas regiones para cubrir el sobrecoste producido a la compañía.

En julio de 2012 el Gobierno aprobó un decreto ley de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad. Entre otras cuestiones, modificó la citada norma y eliminó el carácter opcional del suplemento territorial. Esto abría la puerta a fijar distintos precios por comunidades en función de los tributos autonómicos que se aplicaran al sector.

El Gobierno quiso aplicar esta medida en 2013, incluyendo en los precios de la electricidad un suplemento de 200 millones de euros que deberían pagar los consumidores de las comunidades que contasen con estos impuestos. Sin embargo, la Comisión Nacional de la Energía recomendó desestimar la medida porque el citado decreto ley no había sido desarrollado.

Finalmente, se desestimó incluir el suplemento territorial y a finales de 2013, en la nueva Ley del Sector Eléctrico, el Gobierno regresó a la redacción anterior. Pero durante cerca de un año y medio estuvo en vigor una norma que obligaba a repercutir en la factura al consumidor los impuestos autonómicos a las compañías eléctricas.

Las empresas recurrieron la decisión del Gobierno de no cobrar por este concepto en las dos órdenes que regularon las tarifas de 2013. En junio de 2014 y septiembre de 2016 el Tribunal Supremo les dio la razón y condenó al Ministerio de Industria a establecer el cobro de los suplementos territoriales. Sin embargo, la ejecución de estos fallos presentó nuevos problemas.

A finales de diciembre el Supremo apercibió al ministro de Energía para que antes del 20 de enero iniciara la tramitación de la orden correspondiente. Así lo hizo, y también aportó un informe sobre los problemas para ejecutar la sentencia de 2014.

En concreto, el ministerio alega que, para dar cumplimiento a las sentencias, pidió en abril del pasado año a las comunidades autónomas información sobre los tributos existentes durante 2013 que gravaban actividades e instalaciones destinadas al suministro eléctrico. Pero sólo dispuso de datos suficientes de Cataluña, La Rioja, Castilla-La Mancha y Comunidad Valenciana. El pasado 26 de enero se publicó en el Boletín Oficial del Estado la orden exigida, que únicamente afecta a estas cuatro regiones. También se han hecho requerimientos a Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Extremadura, Galicia y Madrid.

De nuevo al Supremo

La orden de enero establece la forma en la que los consumidores de las cuatro regiones a las que afecta deben pagar a las eléctricas 16,5 millones de euros por los impuestos declarados por sus respectivos gobiernos. La mayor parte, 12,4, se asigna a Castilla-La Mancha, mientras que algo más de 3,9 corresponde a la Comunidad Valenciana. Pero también recoge que se continuará recabando información sobre estas y otras comunidades autónomas.

Para el Gobierno, sólo cabe devolución sobre aquellos tributos que graven actividades o instalaciones destinadas al suministro eléctrico que fueron objeto de retribución regulada en el año 2013, por lo que se limita al transporte, distribución y producción de electricidad a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos con régimen primado.

Por ese motivo, no se puede estimar cuánto deberían pagar los consumidores extremeños por este concepto. La Junta de Extremadura no ha facilitado información al respecto. En 2013 ingresó 98,4 millones por el impuesto de instalaciones que inciden sobre el medio ambiente, conocido como ecotasa. Pero, según el criterio del Gobierno, no todo es objeto de devolución. Por ejemplo, en el caso de la Comunidad Valenciana en el citado ejercicio reconoció más de 15,6 millones por impuestos medioambientales (en su mayor parte por un tributo similar al extremeño) y sin embargo sólo se exige la compensación por 3,9 millones.

Pero el proceso no ha terminado. Tras la publicación de la orden en enero, las eléctricas han solicitado al Supremo que declare que no se ha cumplido la sentencia de 2014 y que se amplíe la exigencia de devolución a todos los tributos satisfechos por las actividades o instalaciones destinadas al suministro eléctrico. Asimismo, piden que se reingrese todo lo cobrado mientras estuvo en vigor el decreto ley de 2012. Por su parte, la Abogacía del Estado dio por cumplida la sentencia y pidió que sea el tribunal el que requiera a las comunidades que no han aportado los datos solicitados, entre ellas Extremadura, la información necesaria.

En un auto del pasado 10 de marzo el Supremo considera que la sentencia de 2014 ha sido parcialmente ejecutada y que por tanto sólo cabe que las eléctricas impugnen la orden de enero, por lo que no deja claro si avala el criterio del Gobierno. Además, da un plazo de tres meses para que el ministerio dicte una nueva resolución en la que fije cuánto hay que exigir a los consumidores de las cuatro regiones afectadas y del resto de comunidades.

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