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El Supremo condena a la Junta a aprobar a una maestra  de las oposiciones de 2011

El Supremo condena a la Junta a aprobar a una maestra de las oposiciones de 2011

Considera que debe contar su nota media en el expediente académico aunque la Administración regional alegara que no presentó el certificado

JUAN SORIANO

Domingo, 3 de mayo 2015, 08:40

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Un trabajo fijo con cuatro años de retraso. El Tribunal Supremo ha dado la razón a una opositora extremeña que recurrió contra la resolución de la Junta de Extremadura de dejarle fuera de la lista de aprobados de las oposiciones de Educación que tuvieron lugar en el año 2011. El fallo anula una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia, que dio la razón a la Administración regional, y la Dirección General de Personal Docente de la Consejería de Educación ha debido proceder a su nombramiento como funcionaria en prácticas.

Yolanda Cabezas concurrió en el año 2011 a las oposiciones del cuerpo de maestros, especialidad Educación Infantil. Su nombre figuraba en la lista provisional de aprobados, donde obtuvo una plaza de las 68 que se ofertaban. Sin embargo, diez días después desapareció de la relación final. Reclamó y su petición fue desestimada con el argumento de que no había aportado la certificación del expediente académico en su solicitud de participación en las pruebas, como exigían las bases, sino tras publicarse el listado definitivo, razón por la que no podía ser tenida en cuenta.

Según afirma, cuando se presentó a las oposiciones no aportó la relación de méritos, pero asegura que entregó el certificado del expediente académico. Por ese motivo, decidió recurrir la decisión de la Junta. Pero el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TJSEx) consideró que no quedó probado que la Administración regional perdiera la documentación. En su lugar, según recoge la sentencia de noviembre de 2013, estimó que la denunciante no entregó la información requerida en las bases. Aunque afirmó que las reglas no deben interpretarse con excesivo rigor, añadió que en este caso se trataba de un defecto del que sólo podía culparse a la interesada, por lo que dio la razón a la Junta. Con el apoyo del sindicato PIDE, Yolanda Cabezas decidió recurrir el fallo del TSJEx ante el Tribunal Supremo, que el pasado mes de febrero dio la razón a la denunciante.

Un punto más

Según establece el fallo, le correspondía un punto por la nota media de su expediente académico, que era de notable. Así se le reconoció en el listado provisional, ya que la Junta disponía de ese dato debido a oposiciones anteriores, pero luego se retiró porque no constaba la certificación oficial en la convocatoria de 2011, motivo por el que la aspirante desapareció de la relación definitiva.

El Tribunal Supremo señala que la Administración regional no explicó que la asignación provisional de la puntuación se debía a que se habían utilizado los datos de procesos selectivos anteriores, explicación que tampoco se dio cuando quitó ese punto. «No hay, pues, en el expediente administrativo razón alguna que permita saber a qué se debe esa diferente solución».

Por ese motivo, decide anular la sentencia del TSJEx y ordenar la inclusión de Yolanda Cabezas en la lista definitiva de aprobados. Esto implica su nombramiento como funcionaria en prácticas con efectos económicos y administrativos a 1 de septiembre de 2011.

Aunque en situación de interina, la afectada no ha dejado de trabajar para la Consejería de Educación desde 2011, por lo que sólo recibirá compensación económica por los días que no haya estado contratada. Pero lo importante es que ha conseguido su plaza después de mucho sufrimiento. De hecho, en 2013 volvió a presentarse y obtuvo peor puntuación.

El próximo curso escolar iniciará su fase de prácticas, por lo que no verá reconocida su antigüedad reconocida por la sentencia del Tribunal Supremo hasta junio de 2016. Aún así, muestra su satisfacción por haber logrado un final feliz tras cuatro años de litigio.

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