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Imagen de la campaña publicitaria que colgó el edil catalán en su blog y que generó una tormenta política en todo el país.
Absuelto el edil catalán que pidió apadrinar a un extremeño

Absuelto el edil catalán que pidió apadrinar a un extremeño

La sentencia absuelve al concejal del delito por ultraje a la nación, por el que la acusación particular ejercida por la Junta de Extremadura pedía una multa de 3.600 euros, mientras el fiscal consideraba que no había delito

efe

Viernes, 27 de febrero 2015, 18:27

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El juzgado penal número 3 de Tarragona ha absuelto del delito de ultraje a la nación al concejal independiente de Torredembarra Lluís Suñé , que pidió apadrinar a un extremeño en su blog personal en el año 2008, según la sentencia, hecha pública por Alternativa Baix Gaià (ABG).

La sentencia absuelve al concejal del delito por ultraje a la nación, por el que la acusación particular ejercida por la Junta de Extremadura pedía una multa de 3.600 euros, mientras el fiscal consideraba que no había delito.

El juez, que señala que las costas son de oficio, fundamenta la absolución del concejal en abundante jurisprudencia sobre el ejercicio de la libertad de expresión.

En el año 2008, Suñé publicó en su blog personal la imagen de dos niños harapientos con la leyenda "SOS. Extremadura Needs You", en pleno debate sobre la negativa del Gobierno a publicar las balances fiscales.

Tras difundir varios medios de comunicación esta anotación, el blog pasó de unas 60 visitas diarias a 60.000; el edil borró la polémica publicación y pidió disculpas a los extremeños, aunque precisó protección policial al recibir amenazas de muerte.

La sentencia matiza la "distinción entre pensamientos, ideas y opiniones, de un lado, y comunicación informativa de hechos", ya que "las opiniones o juicios de valor, por su naturaleza abstracta, no se prestan a una demostración de exactitud".

Es por eso que "al que ejercita la libertad de expresión no le sea exigible la prueba de la verdad o diligencia en su averiguación".

La jurisprudencia citada por el juez enmarca la libertad de expresión como "uno de los fundamentos esenciales de una sociedad democrática y una de las condiciones primordiales de su progreso" y "particularmente cuando se trata de la formación de la opinión pública en cuestiones político-estatales, sociales, etcétera".

El juez señala que es "comprensible que las imágenes fueran susceptibles de herir la sensibilidad de los ciudadanos de Extremadura", tal y como reconoció Suñé al eliminar la polémica entrada y "pidió disculpas de manera reiterada", recuerda el juez.

"Ahora bien", añade, "los hechos acontecieron en pleno debate político" sobre la aportación y reparto de recursos públicos, por lo que "resultaba posible que el acusado se expresara en la forma en que lo hizo".

El juez no discute que la petición de apadrinar a un extremeño "pueda ser objeto de reproche social, ni se prejuzga la posibilidad de obtener un resarcimiento por otra vía, lo que se dice, simplemente, es que no estamos ante hechos constitutivos de delito".

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