Borrar
Directo Directo | Con la Crucifixión termina el Vía Crucis en el Cerro de Reyes de Badajoz

El SES recupera el pago de la productividad a los sanitarios

Elabora una instrucción que permitirá abonar a los profesionales el «especial rendimiento» a partir del 1 de enero

Ana B. Hernández

Martes, 16 de diciembre 2014, 07:30

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

En el marco de la política de recortes motivada por la crisis económica, el Servicio Extremeño de Salud (SES) dejó de abonar a su personal el concepto denominado 'productividad variable', que se venía pagando a algunos profesionales en función de los objetivos que alcanzaban sus respectivos servicios, más allá de su labor asistencial diaria.

Desde 2011 ese concepto no aparece en las nóminas de los sanitarios. Sin embargo, en algunas de ellas volverá a incorporarse a partir del próximo año, aunque nada tendrá que ver con los objetivos de antes. El gerente del SES, César Santos, ha firmado una instrucción con fecha 11 de noviembre de 2014, a la que ha tenido acceso este periódico, y que deja claro que entrará en vigor el 1 de enero de 2015.

En la misma se establece, literalmente, «el régimen de reconocimiento y abono de incentivos al rendimiento» y supone que los sanitarios extremeños volverán a percibir 'productividad variable' para así poder retribuir su especial rendimiento. Éste se podrá concretar de cuatro formas diversas, según se recoge en la citada instrucción: la especial dedicación, interés o la iniciativa del titular en el desempeño del puesto de trabajo, así como la adscripción de funciones adicionales o de responsabilidad agregadas a las que corresponden a su puesto dentro de la jornada establecida; la participación en programas o actividades especiales previamente acordados por el órgano competente y autorizados por el director gerente; también, excepcionalmente, la prestación de servicios fuera de la jornada de trabajo establecida -cuando los mismos no sean retribuidos a través del complemento de Atención Continuada o concepto equiparable-, así como la disponibilidad que haga posible su localización y presencia inmediata para la prestación de servicios que eventualmente puedan producirse; y, por último, en el cuarto supuesto, la participación en el traslado de enfermos en ambulancia.

Del mismo modo, no se abonará cuantía alguna por cualquier otro concepto que no sea uno de los citados, porque sólo a través de ellos el profesional podrá cobrar la 'productividad variable' a partir del 1 de enero de 2015.

En la instrucción firmada por César Santos se especifican además los porcentajes económicos que cada sanitario recibirá por el concepto que ahora se recupera en función de cómo se concrete su rendimiento y también en función de su categoría profesional.

Por ejemplo, como máximo se abonará el 50% de los complementos de destino y específico general que corresponda a la categoría profesional del trabajador, si reúne los requisitos de especial dedicación, interés o iniciativa, así como de responsabilidad y desempeño de funciones adicionales. «Si concurren dos requisitos, el importe máximo anual será el 40%. Si únicamente se da un requisito, la cuantía será la equivalente al 30%», señala la instrucción de 11 de noviembre.

Retribución temporal

Serán los responsables de la unidad donde el profesional preste sus servicios los que propondrán el abono de la 'productividad variable' al director de Recursos Humanos. Pero la cuantía se abonará -como máximo en 12 pagas al año- previa resolución favorable y motivada del gerente del área de salud.

Por otro lado, el SES deja claro en la instrucción que, en relación a estos conceptos retributivos, se tendrá que confeccionar mensualmente por cada gerente de área una relación de los trabajadores que perciben 'productividad variable' para su remisión a la Secretaría General, indicando nombre y apellidos, categoría retributiva, puesto de trabajo, funciones que realizan y cuantías abonadas.

Pero la retribución del rendimiento especial, el concepto de 'productividad variable' en la nómina, tendrá un carácter temporal . «Dado el carácter subjetivo y no consolidable del complemento de productividad, su percepción durante un determinado periodo de tiempo no genera en el perceptor derecho alguno a su mantenimiento en periodos posteriores».

También detalla el SES que este complemento no se asignará al personal al que se le haya abierto expediente disciplinario.

Los sindicatos desconocen la instrucción, el PSOE criticó ayer por eso que no haya sido debatida con los representantes de las centrales y el SES dice que la instrucción del 11 de noviembre relativa a 'productividad variable' no supone la creación de ningún tipo de incentivo y, por tanto, no requiere ser pactada en la mesa sectorial de Sanidad.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios