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No saber dónde está Cáceres le cuesta la nacionalidad

No saber dónde está Cáceres le cuesta la nacionalidad

Un ciudadano extranjero no logró ubicar la capital cacereña ni señalar dónde se encuentra el Museo del Prado

Sergio Lorenzo

Cáceres

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Lunes, 28 de mayo 2018, 08:10

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A la juez encargada del registro civil de Arganda del Rey, en Madrid, le ha resultado determinante que un extranjero que quería nacionalizarse español, no supiera indicar en un mapa de España dónde se encuentran ciudades como Cáceres y Oviedo. Tampoco supo señalar la ubicación de dos lugares de interés cultural que a la juez le parecen elementales: el Museo del Prado y la Sagrada Familia.

El aspirante a la nacionalidad tampoco supone hacer una definición cuando se le preguntó ¿qué era la Constitución Española?.

Al representante del ministerio fiscal y a la propia juez del Registro Civil, no les tembló el pulso cuando emitieron un informe desfavorable al otorgamiento de la nacionalidad española a esta persona. Ante esos informes, el Ministerio de Justicia resolvió denegarle la nacionalidad por residencia.

En su defensa alegó los años que llevaba viviendo en España y su dominio de la lengua

Pese a estas respuestas fallidas, al ciudadano extranjero le pareció injusto que le denegaran la nacionalidad dado el tiempo que ya llevaba viviendo en España, y recurrió al Tribunal Supremo, que ahora ha dictado una sentencia que falla en su contra..

El alto tribunal considera que el solicitante de la nacionalidad por residencia ha demostrado «un profundo desconocimiento de la cultura e instituciones españolas».

Le parece «sumamente revelador» que desconociera la ubicación de las ciudades de Cáceres y Oviedo, al igual que el de lugares como el Museo del Prado de Madrid y la Sagrada Familia de Barcelona, «y muy especialmente que afirmara no saber qué era la Constitución Española».

Según la legislación, para que un extranjero residente en España pueda tener la nacionalidad española, tiene que demostrar un suficiente grado de integración en la sociedad, extremo que se trata de confirmar con una serie de preguntas como las descritas anteriormente.

El recurrente, sin embargo, indicó que vive desde hace muchos años en España, que aquí se casó, que en España está trabajando, que aquí tiene amigos y que reside en un piso con otros españoles.

También recalcó entre sus argumentos que tiene un gran conocimiento de la lengua española.

Para el Tribunal Supremo, todo eso que alega, «no presupone que el solicitante haya desarrollado toda una trama de relaciones sociales, que justifiquen su suficiente grado de integración en nuestro país».

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