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Caso del Ruido, un fallo ejemplarizante

El durísimo ‘reproche’ de esta sentencia marca un hito respecto a la sensibilidad social ante la contaminación acústica

Martes, 16 de enero 2018, 00:24

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La sentencia del llamado caso del Ruido en Cáceres por la que se imponen penas de prisión para la exalcaldesa Carmen Heras y para el exconcejal Carlos Jurado, así como condenas de cárcel y de inhabilitación profesional para once hosteleros de la zona de La Madrila, constituye –más allá de consideraciones estrictamente jurídicas– un durísimo ‘reproche’ formal a las actuaciones de ambos responsables municipales en lo relativo a los problemas de ruido «intolerables» que en numerosas y repetidas ocasiones denunciaron los vecinos. En ese sentido, la sentencia señala de forma textual: «A pesar de sus obligaciones, los acusados, doña Carmen Heras y don Carlos Jurado, actuaron a sabiendas, conjuntamente cada uno dentro de sus competencias, pero con la misma finalidad de no exigir a los locales de ocio que estaban contaminando el cumplimiento de las normas específicamente destinadas a impedir que el ruido derivado de sus actividades de ocio pusiera en riesgo grave la salud de los vecinos de ‘La Madrila’ y (...) silenciaron la infracción de leyes o disposiciones normativas de carácter general que regulaban el funcionamiento de actividades contaminantes, sumando sus comportamientos contrarios a Derecho con pleno conocimiento tanto de sus competencias, por su propia condición y experiencia, y por tener a su servicio los medios técnicos y jurídicos necesarios para resolver cualquier hipotético desconocimiento». La sentencia da por probado asimismo que tanto la exalcaldesa socialista como el exconcejal «se abstuvieron de dar instrucciones necesarias a la Policía Local» para medir los niveles de ruido en aquellos locales denunciados por su alto nivel de contaminación y considera «sobradamente acreditado que ambos acusados conocían que, con carácter generalizado, por los locales de ocio situados en la plaza de Albatros de La Madrila se estaban vulnerando las normas vigentes sobre emisión de ruidos».

Al margen de interpretaciones políticas razonables en el sentido de que el ‘problema de los ruidos en La Madrila’ no surgió repentinamente durante el mandato municipal de Carmen Heras, lo cierto es que hasta que la Asociación Cacereños contra el Ruido no promueve la interposición de una querella por la vía penal contra más de una quincena de locales y el Ayuntamiento en el mes de abril de 2011, el problema no entra en vías de solución, a pesar de que la Fiscalía había instado meses antes al Ayuntamiento y a la Junta de Extremadura a tomar medidas «de manera inmediata» tras recibir un informe del Seprona que confirmaba que los ruidos duplicaban los niveles permitidos por la legislación.

Esta sentencia, un nuevo aviso a navegantes, prueba que los responsables municipales y los dirigentes políticos en general no pueden ser ajenos a cómo ha cambiado la sensibilidad social respecto a un problema, el de la contaminación acústica, que afecta gravemente a la salud y que puede tener serias repercusiones económicas para amplias zonas urbanas. La gestión política responsable exige que las demandas ciudadanas sean atendidas cuando se formulan por la vía reglamentaria y justificadas desde todos los puntos de vista posibles. No cabe mirar para otro lado o consentir, por acción u omisión, que los problemas se enquisten. Al margen de cuál sea el final de este contencioso (tras los previsibles recursos que plantearán los afectados), este proceso marca una frontera: la del límite de tolerancia al ruido que la sociedad está dispuesta a aceptar en sus zonas urbanas de ocio y la de las condiciones de insonorización a respetar por los locales de un sector tan importante como el de la hostelería en todo el país.

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