Borrar
¿Qué ha pasado hoy, 27 de marzo, en Extremadura?
Centro de salud de la zona centro, en la avenida de Hernán Cortés. :: armando méndez
El Ayuntamiento está dispuesto a embargar a la Junta para cobrar el IBI

El Ayuntamiento está dispuesto a embargar a la Junta para cobrar el IBI

Pide al Organismo de Recaudación que certifique la deuda del Ejecutivo regional para acudir a los tribunales si la vía de apremio no fuera posible

MANUEL M. NÚÑEZ

Jueves, 4 de agosto 2016, 09:47

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

Aviso del Ayuntamiento a la Junta de Extremadura que suena casi a advertencia. O paga o se activarán otros mecanismos. No es la primera vez que sucede. El Consistorio tiene cuantificados recibos pendientes por unos 3,8 millones de euros correspondientes al Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) entre 1996 y 2015. El pasado 4 de diciembre ya solicitó explicaciones al Organismo Autónomo de Recaudación Tributaria (OARGT). Esa entidad, dependiente de la Diputación, se ocupa de la gestión y cobro de los impuestos de Cáceres. El Consistorio quería saber entonces qué trámites había hecho para que se pueda cobrar la deuda.

LOS DATOS

  • En una resolución del pasado 1 de julio, el Consistorio daba un plazo de un mes al Organismo de Recaudación (OARGT) para reclamar a la Junta la deuda entre 2006 y 2015.

  • millones es la deuda de IBI desde 1996, según el Ayuntamiento.

  • El desglose

  • Euros

  • 199613.421

  • 1997 13.438

  • 199813.875

  • 199914.509

  • 200023.047

  • 2001119.015

  • 2002114.431

  • 200312.750

  • 200410.611

  • 200526.158

  • 2006124.490

  • 2007156.126

  • 200861.284

  • 2009256.397

  • 2010267.168

  • 2011264.000

  • 2012391.431

  • 2013428.402

  • 2014414.025

  • 20151.167.645

Ahora da un paso más. En una resolución de Junta de Gobierno del día 1 de julio, le pide que realice «todas las actuaciones necesarias para la recaudación, en vía ejecutiva, que comprenderá el embargo de bienes y derechos, de las deudas contraídas por la Junta de Extremadura con este Ayuntamiento». Eso sí, acota el importe a los últimos 10 ejercicios, de 2006 a 2015. El plazo que se concede al OARGT es de un mes. Si la vía de apremio no es posible, una certificación de las cantidades sin pagar será el aval último para acudir a los tribunales e interponer un recurso contencioso-administrativo.

Lee la noticia completa de edición impresa y Kiosko y Más.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios