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Imagen de archivo del test de drogas que utiliza la Policía Local. :: HOY
La Policía Local de Badajoz y la Nacional dan versiones contradictorias sobre el caso 'Narcotest'

La Policía Local de Badajoz y la Nacional dan versiones contradictorias sobre el caso 'Narcotest'

La Fiscalía cree que no hubo una voluntad deliberada de cometer un delito en la negativa a realizar el test de drogas, pero exige coordinación para actuaciones futuras

Evaristo Fdez. de Vega

Badajoz

Viernes, 13 de abril 2018, 07:52

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No hubo una voluntad deliberada de cometer un delito, pero sí existió una «falta de coordinación» que no debe volver a repetirse. Ese es el mensaje que ha enviado la Fiscalía Provincial de Badajoz a los mandos de la Policía Nacional y Local tras estudiar las razones por las que el equipo de atestados de la Policía Local de Badajoz se negó a realizar un test de drogas a un conductor que terminó dando positivo.

Ese episodio se conoció después de que HOY publicara que los agentes municipales rechazaron hacer a un conductor un 'Narcotest' solicitado por la Policía Nacional, negativa que les obligó a solicitar el apoyo de la Guardia Civil, cuyos agentes de Tráfico sí realizaron el test y constataron que había consumido drogas.

Tras hacerse pública esa información, la Fiscalía entendió que esos hechos podrían suponer un delito de omisión del deber de perseguir delitos por parte de la autoridad, por lo que envió un oficio a la Policía Local de Badajoz para que informase de las razones por las que no habían realizado esa prueba.

A esa solicitud respondió el 21 de diciembre el superintendente de la Policía Local, Rubén Muñoz. Dijo que no se hizo la prueba «porque el implicado no conducía ningún vehículo y, además, no concurrían los supuestos recogidos en el artículo 21 del Reglamento General de Circulación».

Ese artículo especifica que los agentes pueden hacer el test «a cualquier usuario de la vía o conductor de vehículo implicado directamente como posible responsable en un accidente de circulación; a quienes conduzcan cualquier vehículo con síntomas evidentes, manifestaciones que denoten o hechos que permitan razonablemente presumir que lo hacen bajo la influencia de sustancias estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas; y a los conductores que sean denunciados por la comisión de alguna de las infracciones a las normas contenidas en el Reglamento General de Circulación».

El Reglamento también señala que puede hacerse el test a los conductores que sean requeridos para someterse a esta prueba «dentro de los programas de controles preventivos de drogas».

Explicaciones

Tras recibir la respuesta de la Policía Local, la Fiscalía envió un oficio al comisario provincial de la Policía Nacional de Badajoz y otro al subsector de Tráfico de la Guardia Civil para que explicasen también lo sucedido.

Desde la Policía Nacional se indicó que sus agentes «vieron conduciendo al implicado un ciclomotor bajo los síntomas de algún tipo de sustancia estupefaciente y que la Policía Local se negó a hacer la prueba porque, según sus protocolos, únicamente lo harían si estaba implicado en un accidente de tráfico o en un ilícito penal».

La Guardia Civil, por su parte, refirió que se limitaron a realizar la prueba tras el requerimiento de la Policía Nacional «al concurrir un supuesto previsto en el Reglamento de Circulación como habilitante y no haberlo hecho la Policía Local».

«Si un agente ve a un conductor con signos de ir bajo la influencia de drogas, es preciso el 'Narcotest'»

«La Policía Nacional estaba en lo cierto en cuanto a la existencia de indicios para la realización de la prueba»

«No consta acreditado el encaje penal de los hechos con el nivel de certeza que la acusación penal exige»

Tras escuchar a las tres partes implicadas, la Fiscalía ha constatado que existen «dos versiones incompatibles y totalmente contradictorias entre lo referido por la Policía Nacional y la Policía Local».

«Con sustento en lo que afirma cada uno de ellos respectivamente, la actuación sería correcta a la hora de pedir o negarse a realizar la prueba, por lo que no se desprende que exista la comisión de la infracción criminal por la que se iniciaron las presentes diligencias de investigación, al no concurrir voluntad dolosa por parte de ninguno de los implicados en faltar a su obligación legal de perseguir delitos por parte de la autoridad o funcionario, y sí una apreciación errónea sobre la necesidad y obligatoriedad de realizar unas pruebas que son requeridas por otro cuerpo policial».

«Lo que sí concurre es –atendida la versión de la Policía Nacional– un defecto en el protocolo para los controles de droga que hay que subsanar por cuanto si un agente de la autoridad ha visto a un conductor conducir con signos externos de hacerlo bajo la influencia de las drogas, necesariamente es precisa la realización del drogotest al implicado, no únicamente en el caso de que estemos en presencia de un accidente de tráfico o ilícito penal».

La Fiscalía señala que es deseable «una eficaz y óptima coordinación entre las fuerzas policiales» que esté presidida por «la buena fe». «Lo que no se puede discutir es que la Policía Nacional estaba en lo cierto en cuanto a la existencia de indicios para la realización de la prueba de detección de drogas del implicado, como precisamente corroboró el resultado de la prueba practicada por la Guardia Civil».

Por esta razón, la Fiscalía considera necesario que en el futuro se evite «este tipo de malentendidos sobre el cometido policial y la necesidad de realizar las pruebas en aquellos casos en los que razonablemente se precise y solicite el auxilio policial».

No obstante, prosigue el decreto, es la primera vez que la Delegación de Seguridad Vial de la Fiscalía tiene conocimiento de este tipo de discrepancias en el desempeño profesional. «Y ciertamente deseamos que sean las últimas, especialmente con posterioridad a la emisión de esta resolución que debe ser tenida en cuenta para el futuro, y que se concreta en la necesidad de colaboración policial en las pruebas solicitadas».

«No obstante, no constando por tanto acreditado el encaje penal de los hechos descritos con el nivel de certeza que una acusación penal exige, sino una mala coordinación de los cuerpos policiales, interpretación de la norma y ajuste a los supuestos en que puede solicitar la Policía Nacional la práctica de las pruebas y cuándo debe llevarlas a cabo la Policía Local, procede imponer el archivo de las actuaciones», concluye este decreto firmado por Diego Yebra, el fiscal especializado en asuntos de tráfico en la provincia de Badajoz.

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