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E. F. V.
Miércoles, 13 de septiembre 2017, 07:48
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La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha confirmado la reducción de la sanción impuesta por la Dirección General de Empleo de la Junta de Extremadura a la empresa para la que trabajaba un joven de 32 años que en mayo de 2015 murió a consecuencia de un golpe de calor.
Ese día, con temperaturas de 35 grados, mientras trabajaba en una finca de Gévora, el trabajador, natural de Olivenza, acopló a un tractor una grada de unos 100 kilos de peso y recorrió varios kilómetros a pie, un esfuerzo que le costó la vida.
La Inspección Provincial de Trabajo levantó un acta de infracción e impuso una sanción de 4.092 euros a la empresa para la que trabajaba tras detectar la comisión de dos faltas graves, una por «la falta de información y formación precisa de riesgos, y otra por la no entrega de equipo de protección individual».
Esas sanciones fueron recurridas por la empresa y el Juzgado de lo Social rebajó el importe de la multa tras considerar que los hechos debían ser catalogados como infracciones leves. Empleo recurrió esa modificación pero el Tribunal Superior vuelve a dar la razón a la empresa y confirma que las infracciones no eran de carácter grave sino leves.
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