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¿Qué ha pasado hoy, 28 de marzo, en Extremadura?
Los cojines fueron retirados de Sinforiano Madroñero a principios de enero. :: HOY
La Fiscalía no ve delito en el choque de una moto con un cojín de calmado en Sinforiano

La Fiscalía no ve delito en el choque de una moto con un cojín de calmado en Sinforiano

La investigación concluye que «estaban señalizados y se retiraron en cuanto se percibió que estaban mal colocados o podían representar un peligro»

Evaristo Fdez. de Vega

Martes, 9 de mayo 2017, 23:22

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La Fiscalía de Badajoz ha decidido archivar la causa abierta para determinar si existió algún tipo de responsabilidad penal en el accidente sufrido por un motorista que se fracturó la pierna tras chocar contra un cojín de calmado de la avenida Sinforiano Madroñero.

La investigación realizada por el fiscal de Tráfico, Diego Yebra, concluye que no hay motivos para iniciar un procedimiento penal porque los cojines «estaban señalizados con anterioridad y se retiraron en cuanto se percibió que estaban mal colocados o que podían representar un peligro».

El decreto indica que en un primer momento la Fiscalía recibió un escrito del letrado Antonio Pessini Díaz, en representación de Mesalsol Uno, S.L. (la empresa que hizo la obra de Sinforiano Madroñero), después de haber tenido conocimiento por la prensa de que se podría haber incurrido en un delito contra la seguridad vial «por la mala colocación de los cojines de calmado».

Tras ese escrito inicial, el abogado presentó el día 27 de enero nueva documentación explicando que los cojines estaban homologados. Argumentó también que la forma de colocarlos, ya fuese en horizontal o en vertical, no afectaba a la seguridad vial, por lo que achacaba la responsabilidad del accidente de ese motorista «a causas únicamente atribuibles a él».

La Fiscalía recibió igualmente el atestado del accidente y con posterioridad envió un oficio a la Jefatura de la Policía Local de Badajoz para que «se concretasen las causas del accidente y se elaborase un informe sobre la colocación y retirada días después de estos obstáculos». En ese oficio se pedía que fueran concretados los motivos de esos cambios.

El informe de la Policía Local entró en la Fiscalía en marzo y en él se indicaba «que los cojines estaban deficientemente colocados en lo que respecta a velar por la seguridad vial y que se retiraron en cuanto se percibió el peligro que representaban».

En ese documento se indicaba también que los cojines «estaban señalizados previamente mediante señalización vertical» y que la normativa aplicable en su colocación «exige un fresado en la vía para minimizar el impacto, que no coincide con las condiciones de colocación de la empresa suministradora».

El informe de la Policía Local detectó que «en el punto donde tuvo lugar el accidente los cojines de calmado estaban colocados girados 90º, en vertical, cuando deberían ir horizontales, con las flechas blancas en el sentido de la circulación».

Tras conocer el resultado de ese informe y lo expuesto por la empresa, la Fiscalía ha concluido que los hechos descritos no son constitutivos del delito recogido en el artículo 385 del Código Penal que dio lugar a las diligencias de investigación que ahora se archivan.

Para que hubiese existido ese delito, dice la Fiscalía, debería haberse apreciado «la presencia de obstáculos imprevisibles que generen un grave riesgo sin que se restablezca la seguridad del tráfico al detectarse su presencia». «Los cojines estaban señalizados con anterioridad y se retiraron en cuanto se percibió que estaban mal colocados o que podían representar un peligro», añade el decreto.

«Distinta cuestión son las reclamaciones por los perjuicios que pudieran derivarse de esa mala colocación, que son ajenos a la jurisdicción penal, y que en su caso deben reivindicarse por otra vía judicial», concluye la Fiscalía.

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