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Primeras sentencias en Cáceres contra Liberbank por deuda subordinada

Los Juzgados de 1ª Instancia 4 y 5 de Cáceres han emitido las primeras sentencias en la provincia contra Caja Extremadura

EFE

Martes, 26 de noviembre 2013, 20:38

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Los Juzgados de 1ª Instancia 4 y 5 de Cáceres han emitido las primeras sentencias en la provincia contra Caja Extremadura (integrada en el Grupo Liberbank) por deuda subordinada al declarar nulos los contratos de adquisición del producto financiero.

La primera sentencia fue dictada el 22 de noviembre y el abogado de la parte demandante, Manuel Barragán-Lancharro, ha manifestado a Efe que ha quedado demostrado que "hubo vicio en el consentimiento del contrato al no existir la información suficiente.

La segunda es del 25 de noviembre. En ambos casos, al anular los contratos, los juzgados obligan a restituir la situación inicial y a devolver a los afectados 15.000 y 11.000 euros, respectivamente, así como a estos depositar los intereses que hubiesen adquirido.

Barragán-Lancharro, además, ha llamado la atención sobre que ambos contratos se hicieran entre los años 2009 y 2011 en plena crisis y que los afectados "creían que estaban contratando un depósito seguro".

Sin embargo, la primera sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, dice que "no se les facilitó folleto alguno ni se les hizo el test de idoneidad obligatorio y que sólo le informó el director de la sucursal por correo electrónico".

En dichos correos además, indica el fallo, queda constancia de que la pareja demandante "quería un depósito cuyo capital pudiera recuperar en cualquier momento", por lo que de ahí el abogado deduce que hubo "una mala práctica bancaria".

Así, el juzgado entiende que "concurrió en el consentimiento prestado por el demandante error esencial y excusable, imputable a la entidad demandada, al vulnerarse el deber de información".

En el caso de la segunda sentencia, del Juzgado de 1ª Instancia nº 5, a la que ha tenido acceso Efe, concluye igualmente que "no hubo información adecuada a las circunstancias concretas del sujeto y el tipo de negocio y por lo tanto hubo vicio en el consentimiento".

Por otro lado, el abogado ha señalado que otra de las consecuencias que trae la sentencia, por el principio de propagación de la nulidad, es que también lo es el canje obligatorio de acciones de Liberbank.

El letrado ha recordado que en abril de 2013 la deuda subordinada adquirida fue convertida por el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) en acciones de Liberbank y los afectados sufrieron además una quita.

El mismo abogado tiene pendiente de juicio otros ocho casos por adquisición de deuda subordinada y ha señalado que "en su mayoría son personas mayores que no fueron debidamente informadas".

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