Son nueve palabras. Nueve palabras que han costado un puesto de trabajo.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, ha dictaminado, en una sentencia, que El Corte Inglés de Badajoz ha actuado correctamente al despedir a un trabajador que dijo las siguientes palabras a una empleada, delante de otros compañeros: «¡Qué ganas tengo de follar a una del sindicato!».
El exabrupto lo pronunció cuando concluía su jornada de trabajo, la tarde del 30 de agosto del año pasado. Bajaba en el ascensor con otros ocho compañeros, uno de los cuales era una sindicalista, representante del comité de empresa. Entonces apoyó un brazo sobre la pared y, según se ha declarado, miró de frente a la sindicalista y le dijo la frase que seguramente se habrá arrepentido de haber dicho. Alguno de los que ocupaban el ascensor le recriminaron su conducta. Le dijeron que «se había pasado».
La mujer agredida verbalmente puso el hecho en conocimiento de su sindicato, y este formuló la oportuna queja a la empresa. El 8 de octubre El Corte Inglés le comunicó su despido disciplinario, sin derecho a indemnización, ni salarios de tramitación. La empresa indicó que el despido se debía a la falta de respeto a una compañera de trabajo, habiendo faltado gravemente a la intimidad y dignidad de la misma, mediante ofensa verbal de carácter sexual. Fue considerada una falta muy grave, tipificada en el artículo 64 del convenio colectivo de Grandes Almacenes. Además se acordó que el reproche debía ser mayor al dirigirse contra una persona que ostenta un cargo de representatividad sindical.
El empleado despedido dijo que se le había entendido mal, que la palabra 'follar' la había empleado en el sentido de fastidiar, molestar o destruir. Recurrió la decisión de la empresa, pero el Juzgado de lo Social número 1 de Badajoz confirmó la sanción. Volvió a recurrir y ahora la Sala de lo Social vuelve a indicar que El Corte Inglés actuó bien.
Sin 2.312 euros
Por esas nueve palabras, este trabajador se ha quedado sin un empleo. Desde el mes de mayo de 1999 estaba trabajando en el Corte Inglés como vendedor en el centro de trabajo, en Badajoz. Percibió una retribución última, por todos los conceptos, incluyendo el promedio de comisiones en el año anterior, de 2.312 euros.
El TSJ indica que el ámbito en el que se «suelta» tal expresión es el de unos grandes almacenes, en los que se trabaja de cara al público, y se exige una especial discreción y cuidado del lenguaje.