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Se vende piso de particular a particular

BADAJOZ

Se vende piso de particular a particular

La Audiencia da la razón a una agencia frente a unos propietarios que no pagaron la comisión de venta del inmueble

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QUIÉN no ha pensado en ahorrarse una comisión de venta de una vivienda haciendo el trato entre particulares? La operación es posible, pero siempre que no haya intervenido previamente una agencia inmobiliaria a la que se haya encargado la venta.
La comisión hay que pagarla. Esa es la conclusión a que llega la sección segunda de la Audiencia de Badajoz en una sentencia en la que da la razón a una agencia inmobiliaria frente a los vendedores de un piso, que habían prescindido de la empresa a la hora de firmar la operación ante el notario.
Gestión de la venta
Los propietarios habían contactado con la agencia para que les gestionase la venta de la vivienda, pero sin darle la exclusividad.
La agencia enseñó el piso a unas personas que acabaron comprándolo 45 días después, pero sin contar para ello con la inmobiliaria. En consecuencia, los vendedores dieron por sentado que la inmobiliaria no tenía que cobrar la comisión pactada previamente por gestionar la venta.
Pero la agencia no se conformó y acudió a los tribunales. En un primer momento el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Badajoz dio la razón a los particulares. No tenían que pagar nada a la agencia por las gestiones que había realizado para la venta del inmueble. Pero la Audiencia es de otra opinión, que es la cuenta.
9.237 euros de comisión
La inmobiliaria recurrió la sentencia a la Audiencia y ésta le ha dado la razón. Los vendedores deberán pagarle la comisión pactada: 9.237 euros más los intereses legales y las costas del juicio.
Para justificar el fallo, la Audiencia argumenta que la agencia cumplió con su cometido. «Mostró la vivienda al cliente y ese cliente fue quien la adquirió. Si los propietarios mostraron también la vivienda por su propia iniciativa a ese cliente al margen de la hoy recurrente (la agencia), no tiene por qué perjudicar a ésta», se recoge textualmente en la resolución del tribunal.
La sentencia añade que, al haber prestado la agencia los servicios profesionales para los que había sido contratada, se produce la obligación de pagarle, ya que el piso se vendió a la persona a quien le había enseñado la casa un empleado de la empresa inmobiliaria.
Ante esta sentencia ya no cabe presentar recurso alguno.
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