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HOYes.tvHOYes.tv | RSS | ed. impresa | Regístrate | Jueves, 24 mayo 2012

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Ya tenemos el texto del que parece será el nuevo Estatuto de Autonomía de Extremadura, que introduce notables modificaciones, positivas, al texto vigente. Esperemos que esté en vigor a finales de año o principios del 2010. Hay un artículo o figura que desde hace tiempo está en el texto de nuestro Estatuto de Autonomía, aprobado por la Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, y que parece como si fuera nuevo, cuando no lo es. Me refiero al Defensor del Pueblo, recogido en el actual artículo 52, cuya redacción le viene dada por la Ley Orgánica 12/1999, de 6 de mayo. En el nuevo Estatuto pasará a denominarse 'Personero del Común' y estará en Plasencia. Por favor, que sea elegido, o elegida, de una vez por todas. Dejando al margen los motivos por los que no se ha cumplido el actual artículo 52 del Estatuto, ya llevamos bastante retraso en la elección del defensor del pueblo extremeño. ¿'Personero del Común'?. Vale, pero que la Asamblea de Extremadura lo elija pronto.
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