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HOYes.tvHOYes.tv | RSS | ed. impresa | Regístrate | 21 marzo 2010

Extremadura

19.04.09 - 08:38 -

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Cada caso es un mundo. Hablar de casas ilegales implica tantas tipologías como ejemplos particulares. No es lo mismo un barrio en una zona urbana o periurbana que en el extrarradio o directamente en el ámbito rural.

Sin embargo, a lo que se refiere Vara, y es por tanto motivo de debate, son «esas fincas rústicas cercanas a las poblaciones que se segregan irregularmente para ser vendidas en pequeñas parcelas, que rara vez llegan a los 5.000 metros cuadrados», cuenta Luis de Vera Muslera, abogado especializado en temas urbanísticos. «A partir de ahí es donde surgen esas urbanizaciones».

Por tanto se trata de algo distinto a esas casas, cortijos en algunos casos, que se pueden ver en medio del campo. En estos casos, se puede solicitar la construcción de una vivienda adscrita a uso agrícola, para lo que hay que cumplir ciertos trámites, como ser agricultor a título principal.

Para De Vera, el origen de todo tiene trasfondo económico. «Una finca rústica vale un dinero, pero si se parcela y se vende por partes se le puede sacar un beneficio mucho mayor».

En todos estos casos de da una paradoja legal. Las infracciones urbanísticas graves prescriben a los cinco años. Pasado este tiempo, no pueden ser denunciadas, y por tanto derribadas. Sin embargo, tampoco pueden ser legalizadas, siempre y cuando no se cambie la ley o se modifique el plan de urbanismo correspondiente para que las avale. Un auténtico limbo legal.
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