El juzgado de lo Penal número 2 de Mérida considera que estos hechos constituyen un delito de atentado y una falta de lesiones, por lo que condena a la mujer A. S. V. a un año y medio de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, y a una multa de un mes con una cuota diaria de seis euros.
También deberá indemnizar con 150 euros a la profesora, que debido al ataque sufrió lesiones consistentes en crisis de ansiedad que la mantuvieron de baja durante tres días. La sentencia puede ser recurrida.
El juzgado desestima la versión de la acusada, quien afirmó que la maestra abrió bruscamente la puerta del coche y la golpeó en el abdomen.
En caso de que el fallo llegue a ser firme, A. S. V. no tendrá que ir a la cárcel, puesto que carece de antecedentes penales.
Pero la sentencia establece un precedente ante las agresiones de los alumnos o de sus familiares a los docentes. Hay que recordar que el año pasado se produjeron incidentes similares en Navalmoral de la Mata y en Villanueva.
Un delito
El juzgado de Mérida considera que este hecho es un delito de atentado, ya que se produce contra la autoridad, en este caso una funcionaria que se hallaba ejerciendo las funciones de su cargo o con ocasión de ellas.









